A. S. GONZALEZ
Oviedo
Sábado, 31 de diciembre 2022, 02:17
Quedan días (contados) para que 2022, con sus alegrías y decepciones, llegue a su fin. 2023 aguarda a la vuelta de la esquina y ofrece una nueva oportunidad para poner el contador a cero. El año entrará con ilusión, especialmente para quienes lo afrontan bajo ... la alegría de la lluvia de millones que dejó el Gordo en Asturias.
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Su llegada supondrá una revalorización de las pensiones para decuarlas al IPC también muchas novedades en el ámbito fiscal, tanto desde el ámbito autonómico como el estatal. Estos son algunos de los cambios más significativos que entrarán en vigor en 2023.
En este punto, el Principado contempla hasta doce nuevas deducciones fiscales en Asturias. Las más destacadas son:
Deducción por el cuidado de descendientes o adoptados de hasta 25 años de edad
Se establece una nueva deducción por importe de 300 € por hijo a cargo de hasta 25 años
Se establece un límite de renta de 35.000 euros en declaración individual y 45.000 euros en declaración conjunta.
Será incompatible con la deducción por gastos de descendientes en centro de 0 a 3 años. Con ello se evita que un mismo menor de derecho a dos deducciones.
Deducción por emancipación de jóvenes de hasta 35 años de edad
Se establece una nueva deducción por importe de hasta 1.000 € para la emancipación de contribuyentes de hasta 35 años de edad.
Se establece un límite de renta de 35.000 € en declaración individual y 45.000 € en declaración conjunta.
Además, Adrián Barbón ha anunciado la mejora de las deducciones existentes:
Deducción por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años
Se eleva el importe de la deducción que pasará de 341 a 500 €.
Se incrementan los límites de renta que pasan a ser de 26.000 € en declaración individual y 37.000 € en declaración conjunta (antes 25.009 y 35.240 €, respectivamente).
Deducción por arrendamiento de vivienda habitual
Con carácter general (no medio rural ni concejos en riesgo de despoblación):
Se mantiene el porcentaje de deducción (10% de las cantidades satisfechas en concepto de arrendamiento).
Se eleva el límite de la deducción, pasa de 455 a 500 €.
Se incrementan los límites de renta que pasan a ser de 26.000 € en declaración individual y 37.000 € en declaración conjunta (antes 25.009 y 35.240 €, respectivamente).
Además, para concejos en riesgo de despoblación (hasta 20.000 habitantes y caída de población del 10% desde el año 2000):
Se eleva el porcentaje de deducción para los concejos de hasta 3.000 habitantes que pasará a ser del 20% (antes era del 15%). Pasan a ser considerados concejos en riesgo de despoblación.
Se amplía el número de destinatarios puesto que ahora se benefician de la deducción los habitantes de los concejos con una población de hasta 20.000 habitantes y con una caída de población del 10% desde el año 2000. (Hasta la fecha sólo concejos de hasta 3.000 habitantes y núcleos rurales en riesgo de despoblación).
Se eleva el límite de la deducción hasta 1.000 €, actualmente es de 606 € para concejos de hasta 3.000 habitantes y de 700 € para núcleos rurales en riesgo de despoblación.
Se incrementan los límites de renta que pasan a ser de 35.000 € en declaración individual y 45.000 € en declaración conjunta (antes 25.009 y 35.240 €, respectivamente).
Deducción por adopción internacional de menores
Se eleva el importe de la deducción pasando de 1.010 a 1.500 € por hijo nacido o adoptado.
Esta deducción no tiene límite de renta.
Deducción por partos múltiples
Se eleva el importe de la deducción pasando de 505 a 1.000 € por hijo nacido o adoptado. Esta deducción no tiene límite de renta.
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Deducción para familias numerosas
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Se eleva el importe de la deducción pasando de 505 a 1.000 € para familias de categoría general y de 1.010 € a 2.000 € para familias de categoría especial. Ello supone en la práctica duplicar la deducción vigente.
Se elimina el límite de renta (hasta ahora era de 25.009 € en declaración individual y 35.240 € en supuestos de declaración conjunta).
Deducción para familias monoparentales
Se eleva el importe de la deducción que pasa de 303 a 500 € por familia.
Se incrementa el límite de renta que pasa de 35.240 a 45.000 € por familia monoparental.
Deducción por acogimiento familiar de menores
Se eleva el importe de la deducción que pasa de 303 a 500 € por familia.
Deducción por gastos de descendientes en centros de cero a tres años
Con carácter general (no concejos en riesgo de despoblación):
Se mantiene el porcentaje de deducción (15% de las cantidades satisfechas).
Se eleva el límite de la deducción, pasa de 330 a 500 €.
Se incrementan los límites de renta que pasan a ser de 26.000 € en declaración individual y 37.000 € en declaración conjunta (antes 25.009 y 35.240 €, respectivamente).
Para concejos en riesgo de despoblación (hasta 20.000 habitantes y caída de población del 10% desde el año 2000):
Se mantiene el porcentaje de deducción en el 30%.
Se amplía el número de destinatarios puesto que ahora entrarán todos los concejos con una población de hasta 20.000 habitantes y con una caída de población del 10% desde el año 2000. Hasta la fecha sólo entraban núcleos rurales en riesgo de despoblación.
Se eleva el límite de la deducción hasta 1.000 €, actualmente es de 660 €.
Se incrementan los límites de renta que pasan a ser de 35.000 € en declaración individual y 45.000 € en declaración conjunta (antes 25.009 y 35.240 €, respectivamente).
Se establece la incompatibilidad con la nueva deducción por descendientes de hasta 25 años para evitar que los mismos descendientes tengan dos deducciones.
A efectos de determinar el importe de la deducción se tendrá en cuenta el importe de las ayudas directas percibidas. La deducción se aplica sobre el gasto que exceda de la ayuda recibida.
Deducción por adquisición de libros de texto y material escolar
Se incrementan los límites de renta que pasan a ser de 26.000 € en declaración individual y 37.000 € en declaración conjunta (antes 12.500 y 25.000 €, respectivamente).
Deducción por nacimiento o adopción de segundo y sucesivos hijos en concejos en riesgo de despoblación
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Se eleva el importe de la deducción que pasa de 100 a 300 € por hijo nacido o adoptado (a partir del segundo).
Se incrementan los límites de renta que pasan a ser de 35.000 € en declaración individual y 45.000 € en declaración conjunta (antes 25.009 y 35.240 €, respectivamente).
Se amplía el número de destinatarios puesto que ahora entrarán todos los concejos con una población de hasta 20.000 habitantes y con una caída de población del 10% desde el año 2000. Hasta la fecha solo se aplicaba a núcleos rurales en riesgo de despoblación
Esta deducción será adicional a la ayuda directa que, para estos supuestos será de 2.200 €, es decir, cuando se trate del segundo nacido, el beneficio global (ayuda directa más deducción) llegará hasta 2.500 €.
Deducción para contribuyentes que se establezcan como trabajadores por cuenta propia, o autónomos en concejos en riesgo de despoblación
Se incrementan los límites de renta que pasan a ser de 35.000 € en declaración individual y 45.000 € en declaración conjunta (antes 25.009 y 35.240 €, respectivamente).
Se mantiene el importe de la deducción en 1.000 €.
Se amplía el número de destinatarios puesto que ahora entrarán todos los concejos con una población de hasta 20.000 habitantes y con una caída de población del 10% desde el año 2000. Hasta la fecha sólo se aplicaba a contribuyentes con residencia en núcleos rurales en riesgo de despoblación.
Deducción por gastos de transporte público para residentes en concejos en riesgo de despoblación
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Se amplía el número de destinatarios puesto que ahora entrarán todos los concejos con una población de hasta 20.000 habitantes y con una caída de población del 10% desde el año 2000. Hasta la fecha sólo se aplicaba a residentes en núcleos rurales en riesgo de despoblación.
Se incrementan los límites de renta que pasan a ser de 35.000 € en declaración individual y 45.000 € en declaración conjunta (antes 25.009 y 35.240 €, respectivamente).
Deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en concejos en riesgo de despoblación
Se amplía el número de destinatarios puesto que ahora entrarán todos los concejos con una población de hasta 20.000 habitantes y con una caída de población del 10% desde el año 2000. Hasta la fecha sólo se aplicaba a residentes en núcleos rurales en riesgo de despoblación.
Se incrementan los límites de renta que pasan a ser de 35.000 € en declaración individual y 45.000 € en declaración conjunta (antes 25.009 y 35.240 €, respectivamente).
Reducción del IRPF a trabajadores y pensionistas
En 2023, se elevará la cuantía de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo y el umbral a partir del cual resulta aplicable. De esta forma, se incrementa la cuantía de salario bruto anual a partir de la cual se empieza a pagar dicho impuesto, desde los 14.000 euros hasta los 15.000 € anuales. Además, dicho incremento de la reducción se extiende hasta afectar a contribuyentes con un salario bruto anual de hasta 21.000 euros.
Reducciones en estimación directa simplificada
En 2023, se elevarán las reducciones aplicables a los trabajadores autónomos económicamente dependientes. Además, se elevará al 7% el porcentaje de gastos deducibles en concepto de provisiones y gastos de difícil justificación, Se mantiene, no obstante, el límite de 2.000 euros como importe máximo de este gasto
Deducción por maternidad
Hasta ahora, solo las madres trabajadoras podían beneficiarse de la deducción por maternidad de 100 euros por hijos de 0 a 3 años. Quienes reciban una prestación por desempleo o hayan cotizado al menos treinta días la recibirán también en 2023,
Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas
Los esidentes en España con un patrimonio superior a los cuatro millones de euros pasarán a tributar por este impuesto, Los patrimonios de entre 3 y 5 millones de euros tributaará 1,7% , pasando por el 2,1% para los patrimonios entre 5 millones y 10 millones y con el 3,5% para aquellos superiores a 10 millones, Podrán, no obstante, deducir la cuota pagada por Impuesto sobre el Patrimonio,
Impuesto sobre el Patrimonio
Se gravarán las participaciones en sociedades no residentes a través de las que se detenten inmuebles en territorio español.
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