La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021, que se aplica desde que comenzó el año, ha introducido nuevas medidas fiscales. Los principales cambios están orientados a recaudar más gracias a quienes más dinero tienen o perciben, como el aumento de gravamen ... en la renta general. Estas son las tres novedades fiscales más importantes que ha traído el nuevo año y así te pueden afectar:
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1. Más gravamen en la renta general
Hasta el año pasado, la escala de gravamen estatal que se aplicaba a la base liquidable general tenía cinco tramos, pero en 2021 se le ha añadido otro. De esta forma, a la base que exceda de 300.000 euros empezará a aplicársele un tipo del 24,50%, en vez del 22,50%. Según explica la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), en la renta general entran los salarios, los rendimientos de la actividad empresarial y profesional, las rentas del alquiler, los premios e indemnizaciones, entre otros.
2. Más gravamen en la renta del ahorro
Las rentas del ahorro son las ganancias reales que se puedan tener con la venta de bienes y aquellas que se imputan al donante aunque no reciba nada, al donar bienes que acumulen ganancias. También son rentas del ahorro los intereses de cuentas y depósitos, lo ganado al vender obligaciones y bonos, o lo cobrado de seguros de vida.
Hasta el año pasado, la base liquidable del ahorro tributaba así:
1. Los primeros 6.000 euros de la base liquidable del ahorro pagaban un 19%.
2. Las cantidades siguientes, entre 6.000,01 y 50.000 euros, un 21%.
3. Lo que excediera de 50.000, pagaba un 23% el año pasado.
Este año se ha añadido un tramo, de modo que lo que esté entre 50.000,01 y 200.000 euros sigue pagando un 23%, pero a la parte de la base que exceda de 200.000 euros se le empezará a aplicar un porcentaje del 26%, explica la OCU.
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3. Freno a los planes de pensiones
Hasta ahora, la cantidad que podías aportar cada año a determinados productos, para deducírtela a continuación de tus rentas sujetas a IRPF, no podía superar unos límites, que ahora se han reducido:
Antes podías aportar a los planes de pensiones, con derecho a ventaja fiscal, hasta el menor de estos límites: o bien el 30 % de tus rentas del trabajo o bien 8.000 euros. En 2021 tus aportaciones personales a planes de pensiones no podrán superar los 2.000 euros, aunque tus planes de empresa podrán recibir hasta 8.000 euros de aportaciones empresariales (como mucho y entre ambas fuentes, las aportaciones pueden sumar 10.000 euros).
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También puedes aportar al plan de tu cónyuge y deducir por ello, siempre que tenga unos ingresos pequeños, pero nuevamente la aportación máxima se ha reducido, pasando de 2.500 a 1.000 euros al año.
Para los seguros privados de dependencia, que puedes pagar para ti o para otros, la aportación con derecho a ventaja ha pasado de 8.000 a 2.000 euros, sumando las aportaciones de todas las personas que satisfagan primas a favor de un mismo contribuyente, incluidas las de este.
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