Hoy es el último día para presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y la declaración de Patrimonio por aquellos contribuyentes que están obligados a ello. Este año se ha alargado un día más sobre su periodo habitual al ... caer el 30 de junio en domingo. No obstante, para las declaraciones a ingresar que hubieran domiciliado el pago, el plazo acabó el pasado 26 de junio.
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En esta campaña de renta, la Agencia Tributaria prevé que se presenten un total de 23.281.000 declaraciones, un 1,2% más que el año anterior. Hasta comienzos de la semana pasada, la Agencia Tributaría había recibido más de 21,8 millones de declaraciones, por lo que casi millón y medio de contribuyentes ha esperado hasta los últimos días para cumplir con Hacienda.
El 63% de las declaraciones, según los cálculos de la Agencia Tributaria, serán a devolver; en total, 14,6 millones, un 3% menos que el año anterior. Esta campaña reportará un ingreso récord para Hacienda, ya que las devoluciones estimadas ascenderán a 11.650 millones de euros (un 1,8% menor que en 2022) y los ingresos se elevarán a 18.908 millones de euros, un 12,2% más respecto al ejercicio anterior. El saldo neto asciende a 7.258 millones.
En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 14.000 euros anuales.
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Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.
No presentar la declaración del IRPF dentro del plazo conlleva sanciones y recargos. El recargo varía del 1% al 20% según el retraso, si Hacienda no ha requerido aún el pago. Si Hacienda ha emitido un requerimiento, las multas pueden ser del 50% al 150% de la deuda.
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