Intalaciones de Duro Felguera en una imagen de archivo. E. C.

La Audiencia Nacional suspende cautelarmente la deuda de 123 millones de Duro Felguera con Hacienda

La compañía no tendrá que realizar ningún pago hasta que se resuelva el recurso contra la liquidación del fisco de los ejercicios 2010 a 2012

Jueves, 23 de septiembre 2021, 20:51

Duro Felguera no tendrá que pagar los 123 millones de euros que Hacienda le reclama, así como la sanción correspondiente, al menos de momento. La Audiencia Nacional comunicó a la compañía que suspende la obligación de ingreso de la deuda derivada de la inspección del Impuesto sobre Sociedades de los ejercicios 2010 a 2012, que derivó además en una multa, todo ello recurrido por la compañía.

Publicidad

El origen de la deuda que reclama Hacienda se remonta a una inspección realizada por el fisco en 2015 en la que se determinó el abono a las arcas públicas de 123 millones de euros por el Impuesto de Sociedades y otros tributos de la filial venezolana de Termocentro. La Agencia Tributaria le exigió en enero de 2020 que pagara de inmediato la deuda y, al no hacerlo, notificó el embargo de sus inmuebles. Sin embargo, la Audiencia Nacional ya notificó en marzo de 2020 la paralización cautelar de la decisión del Tribunal Económico Administrativo y le pidió que volviera a fallar. Ahora el caso está en la Audiencia Nacional, que paraliza de nuevo el pago de la regularización y la sanción que lleva pareja hasta que este mismo tribunal resuelva el recurso contencioso administrativo contra la liquidación.

Pese a la decisión de Hacienda, Duro Felguera continúa defendiendo que las rentas obtenidas por la UTE Termocentro deberían beneficiarse de una exención al operar en el extranjero, algo que no entendió así la inspección. En este sentido, la compañía ya argumentó que la Audiencia Nacional, en una sentencia de 28 de diciembre de 2019 para un supuesto similar, entiende que el suministro realizado fuera del territorio español para un destinatario no español «debe considerarse en todo caso como operar en el extranjero, fallando a favor del contribuyente». De esta forma, el criterio de la Audiencia Nacional avalaría la postura mantenida por el grupo.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

1 año por solo 19€ + 2 meses Nextory

Publicidad