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El Gobierno ha aprobado, como cada año, el nuevo calendario definitivo para la campaña de la Renta y el Patrimonio 2022, que cuenta con varias novedades. El plazo para la declaración comenzará oficialmente el próximo 11 de abril y se ampliará hasta el 30 de junio, según informan desde la Agencia Tributaria.
- Martes, 11 de abril: se podrá acceder al borrador y se abre el plazo para la presentación por internet de las declaraciones de la Renta y Patrimonio.
- Viernes, 5 de mayo: se podrá presentar la declaración de la Renta por teléfono, pero sólo con cita previa (disponible desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio).
- Jueves, 1 de junio: se abre el plazo para confeccionar la declaración de la renta de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, aunque primero habrá que solicitar cita previa (desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio).
- Martes, 27 de junio: finaliza el plazo para aquellos con resultado a ingresar con domiciliación bancaria.
- Jueves, 29 de junio: último día para solicitar cita previa. Se podrá hacer por internet o llamando a los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44 .
- Viernes, 30 de junio:termina el plazo para presentar la declaración de la Renta.
La Renta 2022-2023 presentará modificaciones del IRPF en las comunidades autónomas que aprobaron cambios en los tramos del impuesto con carácter retroactivo. Dichas comunidades son: Galicia, Madrid, Comunidad Valenciana, Murcia y Andalucía.
También se reducirá de 2.000 a 1.500 euros la cantidad que el contribuyente podrá deducir de planes de pensiones privados, sin embargo, para los planes de pensiones de empresa la cifra aumenta hasta los 8.500 euros. Por otro lado, se permitirá aplicar la deducción por maternidad a las madres desempleadas con niños menores de tres años a cargo y que reciban prestaciones contributivas o asistenciales.
El Gobierno, en los nuevos presupuestos generales de 2023, aprobó una subida de 14.000 a 15.000 euros el mínimo necesario para declarar el IRPF; del mismo modo, amplió de 18.000 a 21.000 euros la reducción por los rendimientos del trabajo.
Sin embargo, es importante destacar que estos cambios sólo se aplicarán en la declaración de la Renta del año que viene, por lo que este año continuarán ambos parámetros como hasta ahora.
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