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En el último mes de campaña de la Renta, la Agencia Tributaria ha permitido la presentación de declaraciones, previa petición de cita, en sus oficinas. Hasta el 27 de mayo los contribuyentes debían hacerlo telefónicamente a través del 'Plan Le Llamamos'. Sin embargo, ... no todos los contribuyentes pueden acogerse a estas opciones.
La Agencia Tributaria explica a través de preguntas frecuentes que hay determinados casos en los que queda prohibida la realización de la declaración de la Renta por teléfono o de forma presencial en las oficinas de la AEAT. Entre otras, no se confeccionarán aquellas que se encuentren entre estas situaciones:
- Las declaraciones pertenecientes a contribuyentes con rentas de trabajo superiores a 65.000 euros anuales y/o rentas con un capital mobiliario superior a 15.000 euros.
-Aquellas declaraciones de la renta pertenecientes a quienes acrediten el arrendamiento de inmuebles (más de dos inmuebles y7o contratos de alquiler) y alquileres turísticos con plataforma.
-Las rentas de contribuyentes que realicen actividades profesionales o empresariales en estimación directa.
-Declraciones en las que se registren transmisiones de dos o más inmuebles o acciones de dos o más emisores (límite conjunto).
-Las declaraciones de la Renta que cuenten con transmisiones de bienes durante 2020 que se hayan recibido en concepto de herencia o donación.
-No se confeccionarán declaraciones complementarias de ejercicios anteriores.
Todas estas situaciones tienen como única opción la confección de la declaración de forma telemática a través del portal de Renta de la Agencia Tributaria o de la aplicación destinada a teléfonos móviles. Quienes tengan dudas podrán servirse de ayuda de un video tutorial publicado por el organismo en el que se explica cuál es su método particular para rellenar el borrador de forma adecuada.
Los borradores planteados por la Agencia Tributaria pueden conseguirse mediante la presentación del certificado digital, con Cl@ve PIN o con el número de referencia de la casilla 505 del ejercicio pasado. La campaña de la renta 2020 finaliza el miércoles 30 de junio, aunque quienes elijan el pago mediante domiciliación bancaria, se adelanta al viernes 25 de junio.
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