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NOELIA A. ERAUSQUIN
GIJÓN.
Sábado, 13 de julio 2019, 01:59
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha impuesto una multa de 80,6 millones de euros a ocho compañías lácteas y dos asociaciones del sector por mantener actuaciones en contra de los derechos de los ganaderos. La mayor multa corresponde a ... Corporación Alimentaria Peñasanta (CAPSA), que asciende a 21,8 millones de euros, pero también hay otras compañías asentadas en la región como Nestlé, que procesa en su fábrica de Sebares (Piloña) 26 millones de litros anuales, y Danone, con factoría en Salas. A la primera le corresponden 6,8 millones de multa y a la segunda, 20,2. Además, este organismo considera que Industrias Lácteas Asturianas (ILAS) y Central Lechera Asturiana, accionista de CAPSA, también cometieron infracciones, aunque prescribieron y no son sancionables.
Competencia detectó que, entre el año 2000 y 2013, las compañías, que operan en el mercado de aprovisionamiento de leche cruda de vaca, intercambiaron información a nivel nacional y regional sobre precios de compra de leche, volúmenes adquiridos a los ganaderos y excedentes, datos que les permitían coordinar estrategias comerciales «en detrimento de los intereses de los ganaderos» y controlar el mercado. Asegura la CNMC que los contactos, incluso, se materializaron en acuerdos concretos para coordinar los precios y para la cesión de ganaderos entre los distintos industriales. Según este organismo, las empresas llegaron a informarse sobre los proveedores que tenían intención de cambiar de transformador y posibles medidas para evitarlo. Concluye así la CNMC que esta práctica les permitía «evitar ofrecer mejores precios y condiciones comerciales a los ganaderos, limitando la competencia en el mercado».
El resultado era que los ganaderos carecían de libertad para fijar el precio de su producto y la empresa a la que lo suministraban y una distorsión del funcionamiento normal del mercado en beneficio de las empresas transformadoras. «Los acuerdos agravaron la situación de un mercado ya de por sí concentrado desde la perspectiva de la demanda», destaca la CNMC.
Este expediente sancionador tuvo su inicio a raíz de un estudio sobre el sector lácteo remitido por el Servicio para la Defensa de la Competencia de Castilla y León, en el que se se manifestaba la posible existencia de conductas restrictivas en el mercado de aprovisionamiento de leche, y de una denuncia formulada por la Unión de Pequeños Agricultores contra las empresas transformadoras de leche.
Tras realizar inspecciones en algunas de las principales compañías del sector, la CNMC llegó a la conclusión de que existía «una infracción grave», consistente en conductas anticompetitivas que infringen la legislación de competencia por parte de la Asociación de Empresas Lácteas de Galicia, Calidad Pascual, Central Lechera de Galicia, CAPSA, Danone, el Gremio de Industrias Lácteas de Cataluña, Grupo Lactalis Iberia, Nestlé España, Industrias Lácteas de Granada (Puleva) y Schreiber Food España. Asimismo determinó que este tipo de conductas se extiende a otras sociedades del sector -Industrias Lácteas Asturianas (ILAS), Leche Río, Feiraco, Leche Celta, Forlactaria y Central Lechera Asturiana- si bien su infracción prescribió.
El procedimiento ya se instruyó y se resolvió en 2015, aunque entonces se omitieron determinados periodos infractores para algunas de las empresas, por lo que hubo una rectificación de esos datos en un segundo pliego, aspecto que Nestlé recurrió. En 2016, la Audiencia Nacional estimó parcialmente el recurso judicial de esta multinacional y anuló en parte la resolución de la CNMC, que tuvo que retomar el proceso en el momento inmediatamente anterior a la subsanación de los errores, lo que ha llevado a menores sanciones para Danone y Nestlé.
Contra esta resolución no cabe recurso en la vía administrativa, aunque sí uno por la contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, para lo que hay un plazo de dos meses. Fuentes de CAPSA aseguraron a este periódico que aún no han recibido una notificación oficial y, por tanto, no han decidido cuál será el siguiente paso que tomarán. Por otro lado, las personas o empresas que se consideren afectadas por las prácticas anticompetitivas pueden presentar una demanda de daños y perjuicios ante los tribunales civiles.
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