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Un carro en un supermercado.
Medidas anticrisis: Ayuda de 200 euros de alimentación: cómo solicitarla, requisitos y plazos
Medidas anticrisis

Ayuda de 200 euros de alimentación: cómo solicitarla, requisitos y plazos

Los interesados en pedir esta ayuda podrán hacerlo desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023 y se cobrará mediante transferencia bancaria en un pagó único

EL Comercio

Gijón

Sábado, 7 de enero 2023

El Gobierno de Pedro Sánchez ha movido cielo y tierra para intentar que la subida imparable de precios no afecte al bolsillo de unos ciudadanos que en este 2023 tienen varias citas electorales. La bonificación de 20 céntimos en el precio de la gasolina, la rebaja del IVA en alimentos básicos y ahora un nuevo cheque de 200 euros que podrán recibir millones y millones de personas.

Tras concluir la Navidad, la Agencia Tributaria ha procedido a activar la página web en la que se podrá solicitar, próximamente, esta nueva ayuda que se certifica en un pago único por parte de Hacienda. Los posibles beneficiarios de la nueva ayuda contarán con un mes y medio para realizar la solicitud, concretamente entre el 15 de febrero y el 31 de marzo, por lo que ahora la web activada es meramente informativa.

Requisitos para cobrar el cheque de 200 euros

-Tener una renta familiar inferior a 27.000 euros y un patrimonio que no supere los 75.000 euros a 31 de diciembre de 2022. En este último caso se calcula descontando la vivienda principal, en el caso de ser de la propiedad de los beneficiarios. En caso de matrimonio o pareja de hecho, este cómputo de ingresos y patrimonio será conjunto, así como el de los menores y ascendientes que residan en el mismo hogar.

-Tener la residencia habitual en España a 31 de diciembre.

-No estar cobrando ninguna de las prestaciones de la Seguridad Social que comenzarán el año con una revalorización del 8,5% las pensiones, y del 15% las pensiones no contributivas y la renta mínima.

Dónde se solicita y fechas para ello

-Aquellas personas que quieran acceder a esta ayuda deberán presentar su solicitud en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, rellenando el formulario electrónico que estará a disposición de la ciudadanía desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023.

-Deberá figurar necesariamente la cuenta bancaria del titular de la solicitud en la que se desee que se realice el abono.

Cómo es el pago

-Estos 200 euros se recibirán mediante transferencia bancaria en un pago único. Como pronto, empezará a cobrarse a finales de febrero de 2023.

-Esta ayuda no tendrá por qué destinarse a la cesta de la compra, como es el objetivo del Gobierno. Así, la ministra de Economía descartó que vaya a haber un control de a dónde se dirijan estos 200 euros. «Todos tenemos que comer. No hay que verificarlo porque se trata de una ayuda que claramente va a aliviar la situación de la familia que se está viendo aliviada por la inflación. No hay que demostrar nada», apuntó

Qué pasa si mi solicitud es rechazada

-El decreto especifica que, en el caso de que la solicitud sea rechazada, se notificará al solicitante una propuesta de resolución denegatoria, en la que se le indicarán los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. A partir de ahí, el solicitante dispondrá de un plazo de 10 días, a contar desde el día siguiente a la notificación de la propuesta de resolución denegatoria, para alegar y presentar los documentos y justificantes que considere pertinentes.

-Transcurrido un plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la citada propuesta, sin la presentación de alegaciones, documentos o justificantes, se producirá la finalización del procedimiento en los términos de la propuesta denegatoria, sin necesidad de resolución expresa de la Administración. Y, transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud sin haberse efectuado el pago ni haberse notificado una propuesta de resolución denegatoria, la solicitud podrá entenderse desestimada.

-Contra esta desestimación presunta se podrá interponer recurso de reposición y reclamación económico-administrativa, en los términos previstos en la Ley General Tributaria.

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