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El Ingreso Mínimo Vital se puede compaginar con un salario. FOTOLIA
¿Puedo cobrar el Ingreso Mínimo Vital y trabajar a la vez?

¿Puedo cobrar el Ingreso Mínimo Vital y trabajar a la vez?

El IMV forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social para prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas

EL Comercio

Gijón

Jueves, 26 de mayo 2022, 18:23

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas. El IMV forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social y persigue garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias.

Pero, ¿y si a pesar de trabajar el salario es muy escaso? En ese caso también es posible solicitar esta ayuda con excepciones y tener un sueldo adicional para llegar menos apretados a final de mes. Esta opción no es muy conocida y, sin embargo, para muchos puede suponer un gran alivio. De la misma manera, también se puede compaginar con el paro u otros subsidios de la Seguridad Social.

Pero hay que cumplir unos requisitos:

-El trabajo debe ser a jornada parcial, ya que en el caso de ser a jornada completa se entiende que cobrará una cantidad al mes que no necesitará complementar.

-Los ingresos deberán ser inferiores al IMV establecido para la unidad familiar en concreto, y la cuantía será la diferencia que existe entre esos ingresos y el tope marcado.

-Las condiciones que se establecen en estos casos es no superar el límite patrimonial. Es decir, el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio debe ser «inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el ingreso mínimo vital que corresponda según la modalidad y el número de miembros de la unidad de convivencia.

Con el incremento del 3% en 2022, la cuantía del Ingreso Mínimo Vital queda de la siguiente forma:

Cuantías Ingreso Mínimo Vital. @inclusiongob

Además de las circunstancias económicas y sociales también es necesario conocer el patrimonio máximo permitido. No puede superar 3 veces la cuantía anual de la prestación para cada uno de los casos y aumentará según el número de personas que vivan en la unidad de convivencia, restando posibles deudas que se tengan y sin tener en cuenta el valor de la vivienda habitual.

Límites patrimoniales de la Seguridad Social

  • Un adulto solo: 17.698,80 euros

  • Un adulto y un menor: 24.778,32 euros

  • Un adulto y dos menores: 31.857,84 euros

  • Un adulto y tres o más menores: 38.937,36 euros

  • Dos adultos: 24.778,32

  • Dos adultos y un menor: 31.857,84 euros

  • Dos adultos y dos menores: 38.937,36 euros

  • Dos adultos y tres o más menores: 46.016,88 euros

  • Tres adultos: 31.857,84 euros

  • Tres adultos y un menor: 38.937,36 euros

  • Tres adultos y dos o más menores: 46.016,88 euros

  • Cuatro adultos; 38.937,36 euros

  • Cuatro adultos y un menor: 46.016,88 euros

  • Otros: 46.016,88 euros

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