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En un momento de gran inflación con los precios cada vez más al alza y tras un verano de repuntes, los casi diez millones de jubilados que existen en España esperan con ansia y tras la revalorización que han sufrido las pensiones contributivas hasta alcanzar ... el 8,5 %, la retribución extra del mes de diciembre. Los pensionistas que cobren la pensión más alta, es decir, 3.059 euros, cobrarán esta navidad 6.118 euros. Eso sí, con cambio de fecha ya que la Seguridad Social insiste que se realiza el pago por parte del Organismo entre los días 1 y 4 de cada mes por lo que son los bancos quienes adelantan el dinero los días 25 así que, teniendo en cuenta que el pago se realiza de forma adelantada cada mes, en noviembre es cuando será efectiva la paga extra de Navidad. El día 25 de dicho mes caerá en 2023 en sábado, por lo que en general los bancos ingresarán la paga de diciembre el lunes 27 junto a la mensualidad correspondiente.
¿Quiénes no recibirán la paga extra de Navidad?
Costear el ritmo de vida actual es motivo de preocupación para uno de los colectivos que más está sufriendo la subida de precios y está viendo como su poder adquisitivo cada vez es menor. Por ello, los pensionistas perceptores de pensiones no contributivas ya sea por jubilación o invalidez mantendrán este año 2023 la subida del 15 % que se les venía aplicando desde julio del año pasado, pero al tener el método de pago de 12 pagas, no recibirán la extra como el resto ya que en cada mensualidad se les prorratea el importe. Así, aquellas personas que tengan pensión por incapacidad permanente derivada de accidente laboral por enfermedad profesional no obtendrán ese ingreso extra.
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Raquel Fidalgo
Asimismo, el Ingreso Mínimo Vital también seguirá con esta subida para intentar paliar la desigualdad que sufren muchas familias tras ver cómo llegar a fin de mes se vuelve un suplicio aun con las ayudas que este mes de septiembre ha ofrecido el Gobierno, como el cheque de 525 euros que pueden solicitar aquellos perceptores de pensiones no contributivas y lo destinen para el pago del alquiler o vivienda. Es así como quienes nunca han cotizado se amparan en la denominada solicitud de complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada y que gestiona el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO). Para acceder a ella se deberán reunir los siguientes requisitos:
-Ser perceptor de una pensión no contributiva ya sea de jubilación o invalidez
-No ser propietario de ninguna vivienda
-Ser titular del contrato de arrendamiento y residir en la vivienda de forma habitual durante al menos 180 días al año
-No tener relación de parentesco hasta tercer grado con el arrendador. Este complemento se devenga cada año y actualmente puede solicitarse hasta el 31 de diciembre ante los órganos competentes de cada comunidad autónoma.
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