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El Banco de España aclara si se pueden cobrar comisiones por ingresos en cuentas ajenas. JUAN CARLOS TUERO
Las comisiones que pueden cobrar por hacer ingresos en efectivo en otra cuenta

Las comisiones que pueden cobrar por hacer ingresos en efectivo en otra cuenta

El Banco de España arroja luz sobre este asunto

Carla Coalla

Gijón

Viernes, 16 de diciembre 2022, 02:06

Son muchas las ocasiones en las que, bien sea para hacer un pago, bien para una compra, los usuarios acuden al cajero para realizar un ingreso en una cuenta de la que no son titulares. Un servicio abierto al público que puede llegar a requerir algunos cargos, como pudiera ser una comisión referente a los servicios prestados, en concepto de ayuda a la transacción que la entidad bancaria va a realizar.

Pero lo cierto es que se trata de un servicio entendido como servicio de cajero y que no puede suponer ningún coste adicional para el usuario, tal y como aclara en su web el Banco de España. De hecho, sentencian que la entidad bancaria no puede cobrar ninguna comisión por esta operación, ya que es inherente al contrato de cuenta y, por tanto, no puede ser remunerada de forma independiente. En consecuencia, sostiene que las entidades no están habilitadas para cobrar comisión alguna por efectuar dicho ingreso de efectivo.

El Banco de España también explica cómo este servicio de caja se financia, y es que se trata de una actividad retribuida a través de la comisión de mantenimiento de cuenta que se cobra al titular de esta, siempre que lo tenga establecido de esta forma en el contrato. Así, explican desde la entidad, en caso de que un tercero vaya a hacer un ingreso en efectivo en esa cuenta, la entidad no puede cobrar una comisión, ni siquiera por indicar un concepto como, por ejemplo, el nombre del ordenante o el motivo del ingreso.

Además, el Banco de España también recoge la sentencia n.º 328/2022 de la Sala de lo Civil, de 26 de abril, del Tribunal Supremo, en la que se declara la nulidad de la comisión por ingreso en efectivo realizado en cuenta por terceras personas, ordenantes del pago, que solicitaban la incorporación de información adicional en el campo «concepto» de la operación.

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