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El delicado momento económico que viven muchas familias debido al creciente aumento de los precios ha llevado a muchos a buscar algún tipo de ayuda o prestación que permita aliviar mínimamente su situación. En este sentido, los receptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV) que tengan hijos pueden solicitar también un complemento por menor a cargo.
La cuantía de esta ayuda varía dependiendo de la edad de los hijos y en un primer momento oscilaba entre los 50 euros por menor de entre 6 y 18 años y los 100 euros para los que tuviesen menos de 3 años. Pero este 2023, el importe se ha actualizado tomando como referencia la revalorización del IMV, que se situó en un 15%. Así, las cuantías se incrementan y quedan de la siguiente forma:
57,50 euros (por menores de entre 6 y 18 años)
80,50 euros (por menores de entre 3 y 6 años)
115 euros (por menores de 3 años)
Pese a que en un primer momento esta ayuda fue concebida únicamente para los perceptores del Ingreso Mínimo Vital, la pueden cobrar también quienes reciban la antigua prestación por hijos a cargo, así como las unidades de convivencia con rentas bajas y en las que haya un menor.
La Seguridad Social apunta que para recibir este complemento, la unidad de convivencia no debe superar el 300% de la renta garantizada y el 150% del límite de patrimonio establecidos para el IMV. Por otra parte, tampoco se deberá superar 6 veces la renta garantizada de un adulto, o el incremento que corresponda para la unidad de convivencia.
Según la Seguridad Social, podrán recibir este complemento, sin necesidad de presentar ninguna solicitud:
- Los actuales perceptores del IMV.
- Los solicitantes de IMV que tengan el expediente en trámite.
- Los beneficiarios de la prestación de protección familiar que cumplan los requisitos: se trata de los beneficiarios de la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33, cuya unidad de convivencia esté constituida exclusivamente por los miembros que figuren en el expediente de la prestación por hijo a cargo, siempre que cumplan con las condiciones necesarias para el acceso al complemento de ayuda a la infancia, y que el importe sea igual o superior que el que venían percibiendo, debiendo optar por una de las dos prestaciones.
En estos tres supuestos, se reconocerá de oficio por el INSS, en aquellos expedientes que cumplan con todos los requisitos, y con efectos económicos de 1 de febrero de 2022.
Para la tramitación de este complemento, se debe solicitar del mismo modo que la solicitud del IMV:
A través del formulario on line: https://imv.seg-social.es/
A través del modelo de solicitud del IMV que se puede descargar aquí
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha habilitado un simulador a través del que se puede comprobar si se tiene derecho al complemento por hijos. También permite saber si se tiene derecho a percibir el Ingreso Mínimo Vital.
Tras responder a unas sencillas preguntas, el simulador te indicará si puedes tener derecho a este complemento aunque no te corresponda el IMV.
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