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La abogada Juliane Kokott, una de las autoras del informe. BUNDESTAG
El abogado de la UE rechaza convertir a los interinos en fijos y darles una indemnización

El abogado de la UE rechaza convertir a los interinos en fijos y darles una indemnización

Considera que la ley española es conforme a la comunitaria aunque sí cree que el Estado abusa de la temporalidad y pide una sanción «disuasoria»

LUCÍA PALACIOS

MADRID.

Viernes, 18 de octubre 2019, 03:32

Jarro de agua fría para los más de medio millón de interinos que trabajan en la actualidad para la Administración (900.000 personas si se incluye a todos los temporales): ni tienen derecho a convertirse automáticamente en fijos tras encadenar sucesivos contratos temporales, ni tienen derecho a una indemnización cuando sean despedidos. Así lo consideran sendos abogados generales del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en las conclusiones que ayer presentaron y que avalan la normativa española, ya que -a su juicio- no es contraria a la legislación comunitaria.

Sin embargo, Europa sí pega un tirón de orejas a la Administración española, ya que «abusa» de la contratación temporal, que afecta a más del 28% de los empleados públicos y que está «destinada a satisfacer necesidades permanente y estructurales», por lo que sugiere que ha de establecerse una sanción «efectiva y disuasoria». Es decir, considera que cubren con puestos eventuales plazas que deberían ser fijas, aunque este abuso no es causa suficiente para convertirles en funcionarios, ya que «para obtener la condición de personal estatutario fijo es necesario superar el proceso selectivo».

Uno de los informes presentados ayer es el firmado por la abogada alemana Juliane Kokott, que concluye que la legislación europea «no se opone a la jurisprudencia española conforme a la cual el uso abusivo de sucesivos nombramientos temporales» en el sector público «no se sanciona automáticamente con la transformación de la relación de servicio temporal en una relación de servicio fija». Responde así a las cuestiones prejudiciales presentadas por dos juzgados de Madrid. En una de ellas el denunciante es un informático que, después de trabajar durante más de 17 años para el Servicio Madrileño de Salud (Sermas) como interino encadenando sucesivos contratos, pidió que se le reconociera la condición de empleado público fijo, pese a no haberse presentado a las oposiciones, pero se le denegó.

En este caso Kokkot alega que esta práctica de «abusar» de la contratación temporal para «satisfacer necesidades permanentes y estructurales» es «contraria al acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada», pero recuerda que para obtener la condición de personal estatutario fijo «es necesario superar un proceso selectivo».

El segundo caso involucra a varios odontólogos del Sermas que eran también personal estatutario interino y encadenaron contratos temporales durante periodos entre los 12 y los 17 años. Por ello demandaron a la Comunidad de Madrid y exigieron que se la sancionara con la conversión automática en personal fijo, algo que la Administración rechazó y ahora lo avala esta abogada.

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