Complejo deportivo de La Toba, donde se produjo la trifulca. LVA
Agresión en el fútbol asturiano

Cinco partidos de sanción al entrenador del Quirinal que «agarró y empujó» a un cadete del Andés

El comité Territorial de Disciplina ve como agravante que «las amenazas se hicieran hacia un menor y que provinieran de una persona que debe ser garante del buen comportamiento deportivo»

Viernes, 12 de abril 2024, 15:40

Entre el estupor, la indignación y la vergüenza, el fútbol asturiano asistió el pasado 6 de abril al último suceso en torno a la violencia en los terrenos de juego. Era un partido más de la vigesimoquinta jornada de la Segunda Cadete Liga Autominesa Artime, ... entre el Quirinal y el Andés y vivió un nuevo capítulo a erradicar en el deporte cuando, al término del mismo, según recogió la colegiada Lucía Rodríguez Fernández, el segundo entrenador del conjunto local, que responde a las iniciales F. R. G, entró en el terreno de juego y se dirigió a un jugador del equipo visitante. «Lo sujetó por la camiseta y, posteriormente, lo empujó, propiciando que cayera al suelo. Se dirigió al rival en los siguientes términos: 'Me da igual que seas un puto guaje'. Teniendo que ser sujetado y llevado por varias personas pertenecientes al equipo».

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Se esperaba la resolución del Comité Territorial de Disciplina Deportiva de la Real Federación de Fútbol del Principado y esa ha llegado con una sanción por cinco partidos como «autor responsable de una falta contra el buen orden deportivo». Además, impone una multa de 30 euros y apercibimiento de cierre al club como autor responsable de una falta grave.

El Comité, a la hora de hacer su fallo, valora la la circunstancia de que «las amenazas se hicieran hacia un menor, unidas al empujón, y que proviniera de una persona que por su situación debiere de ser garante del buen orden y comportamiento deportivo, máxime en esta tesitura emocional por el resultado del partido y el momento del mismo». Esta reflexión es lo que le lleva «a catalogarlo como una infracción grave y no leve, castigándose todos los actos imputados en el acta arbitral subsumiéndolos en el tipo general del buen orden deportivo del artículo 63».

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