Vinicius tendrá que cumplir dos partidos de sanción en Liga, pero podrá disputar la Supercopa de España. El Comité de Competición dictaminó este martes que el extremo del Real Madrid se condujo de forma violenta pero no cometió una agresión al golpear en el cuello a Stole Dimitrievski, guardameta del Valencia, durante el choque disputado el pasado viernes en Mestalla. La redacción del acta por parte del árbitro de dicho partido, César Soto Grado, ha servido de ayuda para que el brasileño evite un castigo más elevado, puesto que en la misma no se incidía en que el balón estuviese parado en el momento de la trifulca, cuestión significativa a la hora de determinar el alcance de la pena.
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La consideración del rifirrafe como infracción de carácter leve permitirá que Vinicius pueda participar en la segunda semifinal de la Supercopa de España, que medirá al Real Madrid el jueves con el Mallorca, y también en la final ante Barça o Athletic si los blancos derrotan al conjunto bermellón en Yeda.
Vinicius habría tenido que perderse un mínimo de cuatro encuentros en caso de que el Comité de Competición hubiera tipificado como infracción de carácter grave el episodio vivido en Mestalla y debería haberlos cumplido de forma consecutiva sin importar la competición, siempre y cuando esta estuviese regulada por la Federación Española de Fútbol (FEF). Se le habría aplicado en ese supuesto el artículo 103 del código disciplinario de la FEF, que reza lo siguiente: «Agredir a otro/a, sin causar lesión, ponderándose como factor determinante del elemento doloso, necesario en esta infracción, la circunstancia de que la acción tenga lugar estando el juego detenido o a distancia tal de donde el mismo se desarrolla que resulte imposible intervenir en un lance de aquél, se sancionará con suspensión de cuatro a doce partidos».
Sin embargo, Soto Grado no hizo énfasis en que el balón estuviese parado en el momento de producirse el incidente a la hora de redactar el acta, pese a que sí había efectuado una alusión en ese sentido durante el diálogo que mantuvo con el responsable del VAR aquel día, Muñiz Ruiz, antes de mostrar la roja a Vinicius. «Voy a sacarle roja, ¿el balón está parado, verdad?», preguntó entonces a su compañero, para limitarse luego a señalar lo siguiente en el documento sobre el que el Comité de Competición basó su resolución: «En el minuto 79 el jugador (7) De Oliveira Do Nascimento, Vinicius José fue expulsado por el siguiente motivo: Por golpear a un adversario en la cabeza de manera deliberada, sin estar el balón en disputa empleando fuerza no insignificante».
Aunque pequeño a primera vista, ese matiz de «sin estar el balón en disputa», en lugar de «detenido», resultó relevante a la hora de amortiguar el castigo para Vinicius porque llevó a aplicar el artículo 130.2 del Código Disciplinario de la FEF, que decreta que «producirse de manera violenta con ocasión del juego o como consecuencia directa de algún lance del mismo, siempre que la acción origine riesgo, pero no se produzcan consecuencias dañosas o lesivas» se sancionará «con suspensión de uno a tres partidos o por tiempo de hasta un mes». Además, Vinicius no sufre sanción adicional por sus airadas protestas a Soto Grado tras la expulsión, las cuales podrían haberle supuesto de dos a tres partidos más de castigo en aplicación del artículo 127 del Reglamento Disciplinario de la FEF, pese a verse reflejadas en el acta que elaboró el colegiado perteneciente al Comité Riojano.
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Si bien el Real Madrid pretendía que no se le impusiese sanción alguna a Vinicius, evita males mayores el club de Chamartín, que perderá al '7' para los partidos de Liga frente a Las Palmas (19 de enero) y Valladolid (25 de enero) pero contará con él en la Supercopa de España, donde los blancos aspiran a levantar su tercer trofeo en lo que va de campaña, tras ganar en agosto la Supercopa de Europa celebrada en Varsovia y conquistar en diciembre la Copa Intercontinental que tuvo Doha como escenario.
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