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Sábado, 25 de septiembre 2021, 10:26
Nico Abad ha visto como acababa su periplo tras ser despedido de Mediaset en junio de 2020, por supuesto incumplimiento de contrato. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha declarado improcedente su despido por parte de Mediaset. El grupo de comunicación tendrá que indemnizar al demandante con 279.686,07 euros. El comunicador ha obtenido el respaldo de la justicia después de que el Juzgado de lo Social nº11 de Madrid desestimara su demanda en primera instancia.
Nico Abad presentó y comentó las competiciones de Moto GP durante tres años en Telecinco, procedente de Canal+. Entre los programas que presentó estaban «Soy el que más sabe de televisión del mundo», «Family Rock», «Gran Slam», «Deportes Cuatro» y fue parte importante del dispositivo para el Mundial 2006 en Alemania. En 2007 se unió al equipo de deportes de Telecinco.
Abad recibió el 9 de junio de 2020 la carta de despido, que según Mediaset era consecuencia de un incumplimiento de contrato por haber aparecido en multitud de anuncios sin autorización previa del grupo. Así, Abad pudo ser visto en campañas de coches como Ford, películas como «El plan» y como moderador de encuentros virtuales. Según Mediaset, estas labores eran incompatibles con su contrato por existir cláusulas de exclusividad que añadían la necesidad de un permiso expreso para realizar tereas como aquellas.
La sentencia del caso exponía que Mediaset llevó a cabo «una investigación interna a fin de averiguar la participación en distintas campañas publicitarias de Nico Abad». Después de que el periodista interpusiera el recurso, el Tribunal Supremo ha considerado que el demandante no tenía ninguna intención de ocultar sus actos, ya que se trataban de contenidos destinados a tener la más amplia difusión.
El TSJM añade que el grupo de comunicación no puede alegar desconocimiento porque opera en el sector del audiovisual, el mismo para el que se dirigían las campañas publicitarias de Nico Abad.
Además, el tribunal ha estudiado los contratos de Abad con Mediaset y explica que «la cesión de los derechos de imagen queda referida a las actividades como presentador en ejecución del propio contrato, por lo que deja fuera las actividades externas del demandante». El TSJM tampoco acepta el argumento de que se trate de un caso de concurrencia desleal, ya que las marcas de coches con las que colaboró Nico Abad no compiten en el mismo mercado.
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