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ALBERTO SANTOS
AVILÉS.
Miércoles, 13 de septiembre 2017, 01:11
El magistrado del Juzgado de lo Mercantil Número 3 de Gijón, Rafael Abril Manso, culpa al fondo suizo Gryphus Partners, a dos de sus gestores y a las sociedades mercantiles «instrumentales» CIB714 Investment y Appaloosa Investments, de ser los responsables de la deuda de 21 millones de euros alcanzada por la empresa Los Telares entre 2014 y 2015. Sobre su fundador y expropietario, Julián Rus, se declara la absolución al considerar el concurso de acreedores «fortuito» en la parte que a él le corresponde. Tanto la administración concursal como la Fiscalía del Principado habían retirado el pasado mes de junio la acusación contra Rus al haber podido demostrar su defensa que el empresario había sido diligente en toda su gestión y que no había tenido ninguna responsabilidad en el resultado último de la crisis final de Los Telares.
El juez sí califica en cambio como «culpable» del concurso de la entidad Julián Rus Cañibano S. L. en lo que concierne a la gestión posterior, a partir del momento (28 de noviembre de 2014) en el que CIB714 Investiment S. L. asume el cargo de administrador único de Julián Rus Cañibano S. L., siendo el representante la persona física Zahid Ali Hussain. Por tanto, la sentencia declara personas afectadas por la calificación a la mercantil CIB714 Investment S. L., a Zahid Ali Hussain y a Mairaj Taufiq. También se declara la inhabilitación de las personas físicas y jurídicas afectadas por la calificación, para representar o administrar a cualquier persona por un periodo de diez años. Además, deberán abonar la totalidad del déficit concursal, que asciende a 21.165.171,90 euros.
Se declaran, igualmente, como «cómplices, en su condición de cooperadores necesarios», a las mercantiles Gryphus Partners S. A. R. L. y Appaloosa Investments S. L., con la inhabilitación también de diez años para representar o administrar a cualquier persona. Appaloosa Investments S. L., deberá reingresar a la concursada la suma de 1.464.716,83 euros, mientras que CIB714 Investment S. L. deberá hacer lo propio con otros 178.079,11 euros.
Los informes de los peritos fiscales y las alegaciones presentadas por su defensa, llevada a cabo por el abogado Ángel Bernal, convencieron a las acusaciones de que Julián Rus había hecho todo cuanto estaba en su mano, incluida la inyección de patrimonio personal una vez que la compañía había sido vendida a un fondo para lograr su salvación. Así, en virtud del acuerdo alcanzado en el acto de la vista judicial entre los comparecientes y las partes personadas, el juez considera «indiscutidas las circunstancias de hecho y de derecho puestas de manifiesto por la administración concursal y por el Ministerio Fiscal» referidas a Julián Rus, por lo que ve «procedente» calificar en lo que él se refiere el concurso como «fortuito».
La sentencia dada a conocer ayer martes considera, en cambio, «continuos los incumplimientos del convenio alcanzado por parte de las mercantiles Gryphus, CIB 714 y Appaloosa y de Zahid Ali Hussain Kasim y Mairaj Taufiq. El juez hace referencia expresa a la «falta de cumplimiento de la obligación de dotar de medios financieros a la sociedad concursada -Los Telares- para atender la deuda integrada en su pasivo de la escritura de compraventa de participaciones sociales, no siendo atendidos la totalidad de los créditos contra la masa que se devengaron con posterioridad a la sentencia que aprobó el convenio».
No solamente no fueron realizadas las aportaciones convenidas en los términos pactados, sino que «hubo un absoluto abandono, una dejación de funciones de administración de la concursada, que supuso un incremento de la deuda hasta los 21.165.171,90 euros, como lo pone de manifiesto la contabilidad. Ese abandono también se tradujo en una dejación de la actividad comercial, lo que conllevó, inevitablemente, el incumplimiento del convenio, pues no se generaron ingresos para poder atender las deudas de la concursada», según establece la sentencia.
La administración concursal basa su calificación como «culpable» del concurso en la generación o agravación del estado de insolvencia mediante dolo o culpa grave del deudor, contemplado en la Ley Concursal, al entender que ha existido «un incumplimiento del convenio por causa imputable al concursado».
El Ministerio Fiscal también consideró «concurrentes» en el presente caso la misma causa de culpabilidad expuesta por la Administración Concursal, sin que los comandados formularan oposición alguna a la calificación, ya que se encuentran en situación de rebeldía procesal.
Además, el juez establece que «finalmente, añadido a lo anterior, la mercantil Gryphus y sus socios Zahid Ali Hussain y Mairaj Taufiq se adueñaron de los escasos recursos de tesorería con los que contaba la concursada, que alcanzaron la suma de 1.642.795,94 euros, lo que llevaron a cabo a través de las sociedades instrumentales CIB714 y Appaloosa».
La sentencia, que puede ser recurrible en un plazo de veinte días desde su notificación, abre también la posibilidad a que tanto la Administración Concursal como el Ministerio Fiscal emprendan acciones penales contra los afectados por la calificación del concurso.
Julián Rus se limitó ayer a expresar su «satisfacción» por la resolución de un proceso que suma ya casi tres años de duración.
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