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F. DEL BUSTO
AVILÉS.
Viernes, 21 de agosto 2020, 00:35
Uno de los herederos de Frigoríficos Fandiño ha ganado el recurso planteado por la Agencia Tributaria que pretendía revisar el Impuesto de Sucesiones e incrementar en 124.000 euros los 513.000 euros que habían abonado tras la muerte de su tía, la avilesina Amor ... Saco Menéndez, según ha desvelado 'La Voz de Galicia'.
En 1962, Elisardo Fandiño fundó en Avilés Fandiño como empresa de comercialización de pescado fresco aprovechando el crecimiento de población, que en esos momentos, se registraba en Avilés. Desde entonces hasta su fallecimiento en diciembre de 1998, Fandiño logró crear uno de los mayores grupos españoles de alimentación, trasladando sus oficinas centrales a Vigo.
A su fallecimiento, la viuda, Amor Saco Menéndez, asume el control y la gestión manteniendo la estrategia de consolidación y crecimiento del grupo hasta su fallecimiento en noviembre de 2007. El matrimonio no había tenido hijos y, en su testamento, Amor Saco reparte las acciones de Fandiño y los bienes entre sus sobrinos.
Uno de ellos, residente en Oviedo, abonó 513.000 euros por Impuesto de Sucesiones después de obtener una reducción fiscal tras realizar la liquidación provisional del impuesto. Posteriormente, Hacienda realizó una inspección para comprobar que el valor de los bienes declarados era correcto, como así sucedió.
Sin embargo, cuando parecía que todo el proceso había concluido, comenzó para el heredero una inesperada batalla judicial. La Agencia Tributaria modificó su criterio y pasó a considerar el importe de subvenciones que había recibido Fandiño como fondos propios. De esta manera, se incrementaba el valor de la empresa y el heredero debía pagar más. En concreto, 124.000 euros, con lo que la liquidación ascendía a 640.000 euros.
El heredero no aceptó y Hacienda inició un pleito en los juzgados de Avilés, que perdió. Sucedió lo mismo ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias y, después de más de diez años, el Tribunal Supremo cierra la causa fallando de manera favorable al heredero.
El motivo principal de la decisión, según explica el bufete de abogados Labyfis, que representa al afectado, es que la inspección tributaria no puede valorar de nuevo las acciones y modificar en perjuicio del contribuyente una liquidación practicada previamente, en este caso en dos ocasiones, por lo que se entiende que la primera liquidación del impuesto es la correcta y se ajusta a derecho.
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