l. v.
Lunes, 7 de septiembre 2020, 14:40
La Fiscalía del Principado de Asturias, Sección Territorial de Avilés, solicita la clausura de un club de alterne de Castrillón, y cinco años de prisión para su responsable, por tener a mujeres trabajando sin estar dadas de alta en la Seguridad Social. La ... vista oral está señalada el día 9 de septiembre de 2020 en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo, a las 10,30 horas.
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El Ministerio Fiscal sostiene que, desde el día 11 de enero de 2017, el acusado era el administrador único de la sociedad, de la cual era también el único socio, la cual era propietaria del club 'Tentaciones', un negocio ubicado en Vegarozadas, Piedras Blancas, Castrillón.
El día 27 de junio de 2017 sobre las 23.15 horas, en el curso de una inspección en materia de Empleo y Seguridad Social efectuada junto con miembros de la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Comandancia de Gijón de la Guardia Civil, se comprobó que en el club se encontraban trabajando once camareras de alterne que no estaban dadas de alta en la Seguridad Social. Cuatro de ellas carecían de autorización administrativa para trabajar en España. La empresa en esa fecha sólo tenía dadas de alta en el régimen general de la Seguridad Social a tres personas.
La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito contra los derechos de los trabajadores de los artículos 311.2 b) ,318 ,129 y 33.7 c) y d) del Código Penal. Concurre la agravante de reincidencia.
Y solicita que se condene al acusado a cinco años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de diez meses con una cuota diaria de doce euros, con responsabilidad personal en caso de impago, y pago de las costas procesales. Además, se solicita que se imponga a la sociedad, con respecto al club 'Tentaciones', la suspensión de actividades y clausura del local durante tres años.
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En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el acusado indemnice a la Tesorería de la Seguridad Social en las cantidades que se han dejado de ingresar por la falta de alta de los trabajadores en el régimen general de la Seguridad Social, más los intereses legales correspondientes.
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