Los perros deberán ir siempre atados por al vía pública, salvo en las zonas que delimite el Ayuntamiento para que puedan esparcirse sin correa. MARIETA

Los dueños de perros deberán lavar sus micciones y no podrán dejarlos más de dos horas en un coche

La nueva ordenanza de animales obliga a pasearlos con correa, salvo en recintos que se delimitarán en algunos parques de Avilés

ALBERTO SANTOS

AVILÉS.

Martes, 15 de junio 2021, 01:40

Una correa, un bozal en los casos peligrosos, una bolsita para recoger excrementos, y a partir de ahora una botella con agua, vinagre o líquido desinfectante para eliminar el pis de la calle. Es solo uno de los cambios en las rutinas de los dueños ... de perros peligrosos cuando se apruebe la nueva ordenanza municipal en Avilés. Pero no solo deberán estar atentos a sus responsabilidades en la convivencia con el resto de ciudadanos en la vía pública, porque la normativa establece otros deberes importantes cuyo incumplimiento será objeto de sanciones económicas.

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Además de limpiar las micciones de los perros en la calle, los animales deberán estar siempre atados con una correa de una longitud máxima de dos metros y con bozal siempre y cuando exista un comportamiento peligroso manifiesto -en el caso de animales potencialmente peligrosos será de obligado cumplimiento-. Otra de las novedades es que no podrán permanecer -al igual que el resto de animales domésticos- más de dos horas en un vehículo, ni tampoco más de ocho atados, aunque estén en un domicilio o en una finca privada. Sus dueños deberán liberarlos de la correa o cadena durante un tiempo, bajo amenaza de una multa por una infracción por inmovilización permanente, que en la nueva ordenanza pasa de ser leve a grave, por lo que podría llegar a los 1.500 euros.

El Ayuntamiento favorecerá el esparcimiento de los perros en su paseo al aire libre con nuevas zonas en algunos parques y espacios verdes de la ciudad. En esos puntos, que estarán vallados, los dueños podrán soltarlos para que se ejerciten. Se trata de una ampliación de los parques de canes abiertos en los últimos años en la parte trasera del pabellón de La Magdalena y en Valgranda. Los propietarios se habían quejado de la lejanía de esos puntos con el centro de la ciudad, por lo que a partir de ahora se diseminarán más zonas en parques más accesibles en la rutina diaria de sacar a pasear a las mascotas.

Esta nueva ordenanza también apuesta por la educación y concienciación. Por ejemplo, está previsto recomendar la vacunación contra la rabia de todos los animales como medida complementaria de seguridad. También se promoverán campañas divulgativas sobre la conveniencia de la esterilización de los animales de compañía, el fomento de las adopciones y la sensibilización en los centros escolares sobre la tenencia responsable de mascotas.

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Otra novedad es la incorporación a la ordenanza municipal reguladora de la tenencia, protección y bienestar animal de la prohibición de alimentar a animales abandonados o vagabundos (se incluye, además de perros y gatos, aves como palomas o gaviotas). Este apartado ya existía en otra ordenanza municipal, la de limpieza.

La consulta pública previa a la aprobación de la Ordenanza reguladora de la Tenencia, Protección y Bienestar animal del Ayuntamiento de Avilés quedó abierta ayer, día 14, y se podrán realizar aportaciones al mismo durante un plazo de veinte días hábiles, que concluirá el viernes 9 de julio. Este borrador ha sido elaborado por una comisión extraordinaria en la que han participado todos los grupos municipales, así como distintas asociaciones representativas de intereses de los animales.

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Tras el cierre de esta consulta pública previa, y una vez estudiadas todas las aportaciones, se seguirá el procedimiento municipal para la aprobación de ordenanzas, que se prolongará durante un plazo aproximado de dos meses, al requerir dictamen de la comisión informativa correspondiente y aprobación por el Pleno municipal.

Sanciones

Como multas muy graves, sancionadas con hasta 3.000 euros, se reconoce el hecho de incitar a los animales a atacarse entre sí, lanzarse contra las personas o bienes, o hacer ostentación de su agresividad. Por otro lado, la concurrencia de tres infracciones graves o la reincidencia en su comisión.

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Se consideran infracciones graves, sancionadas con hasta 1.500 euros, siete conductas: maltratar, torturar o someter a los animales a prácticas que les puedan producir daños o sufrimientos tales como el uso de collares de castigo que limiten su movilidad, entre otros; abandonar a los animales; mantenerlos de forma permanente atados o inmovilizados, y usar artilugios destinados a limitar o impedir su movilidad; intervenir quirúrgicamente al animal para modificar su apariencia o conseguir otros fines no curativos; causar la muerte de los animales, excepto en el caso de enfermedad incurable o necesidad ineludible, practicándose la eutanasia por veterinario colegiado, en las condiciones establecidas al efecto; la negativa a suministrar datos o facilitar la información o documentación requeridas por las autoridades competentes o sus agentes; y la concurrencia de tres infracciones leves o la reincidencia en su comisión. Se entiende por reincidencia la comisión de tres faltas graves en el periodo de un año, siempre que hayan adquirido firmeza en vía administrativa.

Entre las sanciones leves, castigadas con 750 euros de multa, más destacadas están la tenencia de animales en condiciones que supongan un peligro para las personas, no alimentarlos de forma suficiente y equilibrada, el acceso a lugares públicos cuya estancia sea desaconsejable, su presencia en zonas reservadas a juegos al aire libre, circular sueltos fuera de las zonas acotadas por el Ayuntamiento, dejar solos a los animales durante más de un día si no tienen alimento y bebida suficiente, la permanencia de animales durante más de dos horas en vehículos estacionados y que cause sufrimiento por falta de ventilación, deshidratación y espacio, no respetar la ordenanza de ruido, no recoger los excrementos del animal, y no limpiar las micciones por parte de las personas que lo conducen, o el baño de animales en fuentes ornamentales, estanques y similares.

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Por otro lado, aunque la decisión está al margen de esta ordenanza, el gobierno local mantiene en estudio la posibilidad de establecer una tasa por la tenencia de animales domésticos en Avilés.

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