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La sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de Asturias del 'caso Niemeyer' sobre Natalio Grueso considera probado que el exdirector del Niemeyer «contó con la absoluta confianza del patronato de la Fundación, quienes prestaban especial atención a las actividades de índole cultural con menoscabo de ... unas atentas funciones de verificación y control económico. Consciente de la confianza en él depositada y sabedor de la limitada supervisión y control económico que efectuaba el patronato, Natalio Grueso, generó gastos ajenos a los fines de la Fundación Niemeyer durante todo el tiempo que duró su relación laboral, disponiendo de sus fondos en beneficio propio, de sus familiares, amigos y terceros de su entorno, como si de su propiedad fueran». Grueso ha sido condenado por la Audiencia Provincial a ocho años de prisión por dos delitos de malversación de caudales públicos en concurso con otro de falsedad en documento mercantil y otro societario.
Para ello, según recoge la sentencia de 355 folios, se dice que contó con la colaboración del trabajador de Viajes El Corte Inglés, José María Vigil, al que conocía desde hace años por su trabajo en la Fundación de los Premios Príncipe. La sala considera probado que «ordenaba y autorizaba» el gasto de viajes «a favor de familiares y allegados de su entorno y con la finalidad de lograr que las facturas y demás documentos acreditativos del gasto no reflejasen la auténtica realidad del servicio prestado, la verdadera identidad de las personas que disfrutaron de mismo, la correcta fecha en la que fue prestado o sus costes globales». Añade que «se concertaron ambos para crear, unas veces facturas totalmente falsas y, otras, con alteración sustancial de sus conceptos con indicación de viajes a nombre de trabajadores de la Fundación Niemeyer que aquellos no habían realizado, lo que permitía que unas, no se reflejasen en las cuentas anuales y, otras, se reflejasen bajo conceptos ficticios».
Recoge la sentencia un total de 84 facturas valoradas en 78.817 euros y divididas en cuatro grupos. Las que se corresponden con viajes realizados antes de que se constituyese oficialmente la Fundación del Niemeyer en 2006, las realizadas por la exmujer de Natalio Grueso de la que se concluye que no tuvo vínculo laboral con la entidad, los viajes realizados por personas ajenas a la Fundación acompañados por miembros de la misma y los viajes realizados por personas ajenas sin acompañante de la Fundación.
Como hechos probados se recoge también la falsedad de las cuentas del Niemeyer. Se dice que «Natalio Grueso en ejecución del acuerdo de voluntades que tenía con José María Vigil y que a partir del año 2010 contó con la participación activa de José Luis Rebollo, con la finalidad de que se pudiesen presentar al patronato unas cuentas lo más saneadas posibles, y, en todo caso, para ocultar el concepto de los gastos reales» dejaron de contabilizar facturas de viajes en 2007 valoradas en 210.755 euros y a la vez contabilizó otras tres «confeccionadas ad hoc por José María Vigil» por valor de 89.500 euros, «coincidente con la primera de las facturas emitidas por VECI, por los gastos que generaron para el Niemeyer el proyecto WASP-Woody Allen Spanish Proyect- que comprendía el apoyo económico al rodaje de la película 'Vicky Cristina Barcelona' y por el cual el Niemeyer, en concepto de gastos, abonó a VECI la suma de 160.657 euros, ocultando así su coste total». También se modificaron otras facturas de forma que las cuentas anuales de 2007 arrojaron «un superávit de 229.730,45 euros que no respondía a la realidad». Las cuentas, presentadas por Grueso, se aprobaron en 2009 por el patronato.
Actuación similar se produjo con las cuentas de 2008 y 2009, según la sentencia. De esta forma se generó una deuda con la agencia de viajes que, según se indica, se trató de corregir el 31 de diciembre de 2009 cuando la Fundación procedió a realizar un asiento de ajuste en su contabilidad, por importe de 260.889,05 euros, en el que tuvo intervención el secretario, José Luis Rebollo. No obstante, esa cifra no reflejaba la realidad, según la sentencia. Y de nuevo el patronato aprueba unas cuentas que «no respondían a la imagen real de la Fundación en cuanto al destino de los gastos y que presentaban conceptos y explicaciones que no respondían a la realidad». En 2010, según recoge la sentencia, Viajes El Corte Inglés bloquea la cuenta del Niemeyer por la deuda no abonada, a pesar de ello el agente, también condenado, «permitió que VECI siguiera prestando servicios a la Fundación, al tiempo que comenzó a destinar ingresos que se le hacían desde aquella, por Natalio Grueso, para saldar parcialmente el importe de las facturas antiguas pendientes». De esta forma «como consecuencia del intencionado desbarajuste contable», las cuentas de 2010 tampoco reflejaron la realidad, si bien estas no llegaron a presentarse para su aprobación al patronato en 2011.
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