Sede del Tribunal Supremo en Madrid. / R.C.

El Supremo «da la razón» a Galicia, que recuperará los 200 millones del IVA que exigía al Gobierno

Se trata del segundo fallo dictado en España tras la sentencia relativa a Castilla y León, que abrió la vía a recursos de otras comunidades en la misma situación, entre las que se encuentra Asturias

EUROPA PRESS

Lunes, 10 de mayo 2021, 18:18

El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, ha revelado este lunes que el Tribunal Supremo (TS) ha «dado la razón a Galicia» y, según el fallo que ha sido notificado al Ejecutivo, la comunidad podrá recuperar los en torno a 200 millones que reclamaba al Gobierno central en concepto del IVA pendiente de diciembre de 2017.

Publicidad

Recientemente, el alto tribunal ya había avalado la misma exigencia de Castilla y León. Un primer fallo dictado en España, que abrió la vía a recursos de otras comunidades en la misma situación, y podría suponer el pago total de hasta 4.150 millones de euros.

Asturias es una de esas regiones. El Consejo de Gobierno del Principado autorizó a la consejera de Hacienda, Ana Cárcaba, en su reunión del 18 de diciembre de 2020 la presentación de un recurso contencioso-administrativo en relación con la liquidación del IVA del ejercicio 2017. El Principado demanda el reintegro de la cantidad pendiente (86,5 millones), que se originó por el cambio en los plazos de liquidación del impuesto. El Gobierno asturiano presentó el preceptivo requerimiento previo ante el Ministerio de Hacienda, que no aceptó la solicitud.

En declaraciones a los medios en Oporto, Feijóo ha remarcado que se trata de «una noticia esperada». «Pero no por ello deja de ser una excelente noticia», ha apostillado.

Así, ha recalcado que la Xunta «tenía razón» y que «no tiene sentido» que el IVA recaudado en la comunidad y correspondiente a ese mes de diciembre de 2017 «no repercuta en la hacienda pública autonómica«.

Feijóo ha recordado que el «conjunto» de autonomías han impulsado esta reivindicación y ha apuntado que se plantearon propuestas de negociación al Ejecutivo que dirige Pedro Sánchez, pero «todas fueron rechazadas», lo que llevó a «judicializar» el proceso para que el Gobierno central hiciese frente a su «deuda».

Publicidad

Así las cosas, ha celebrado que «por fin» el Supremo repone «el equilibrio y el orden estatutario y constitucional», incidiendo en que de lo recaudado en Galicia «el 50 por ciento del IVA y del IRPF corresponde a los gallegos. Recuperar ahora los en torno a 200 millones que exigía la Xunta (204 millones) es, en palabras del presidente, »una muy buena noticia« en el actual contexto económico de la pandemia.

«Volver a una senda de justicia fiscal»

«Agradezco mucho volver a una senda de justicia fiscal y tributaria; y espero que el Gobierno aprenda que no se puede hacer lo que a uno le da la gana ni se puede usar dinero de las comunidades para financiar sus decisiones», ha sentenciado el presidente gallego.

Publicidad

«Al final bien vale la pena defender aquello en lo que uno cree. Aquí había argumentos y ahora el Supremo da la razón a la Comunidad y se la quita al Gobierno», ha concluido.

Estima parcialmente el recurso

La Sala III del Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso contencioso-administrativo presentado por la Xunta contra el rechazo del Consejo de Ministros de compensarle por el desfase financiero producido en la liquidación del IVA correspondiente al ejercicio de 2017, y ha condenado al Estado a que compense por ello a Galicia en la cuantía que se fijará en ejecución de sentencia.

Publicidad

Como ocurrió recientemente en otra sentencia sobre la misma materia referida a la Junta de Castilla y León, la estimación es parcial al no aceptarse la concreta cuantía compensatoria que propugnaba Galicia (204.464.638,74 euros), al no haber quedado debidamente acreditado que sea precisamente ese el importe que le debe ser abonado.

El tribunal establece que la compensación habrá de fijarse en ejecución de sentencia; y su cuantía vendrá dada por la diferencia entre el resultado de la liquidación practicada en su día por la Administración del Estado y la que habría resultado de computar en dicha liquidación la recaudación del IVA de doce mensualidades, esto es, incluyendo también la correspondiente al mes de noviembre de 2017, a la que deberá añadirse los correspondientes intereses legales computados desde el momento de la presentación del requerimiento hasta el momento efectivo en que se produzca la compensación y se adopten las medidas necesarias para revertir el desajuste financiero ocasionado a la Comunidad Autónoma de Galicia.

Publicidad

Como hizo en la sentencia relativa a Castilla y León, el alto tribunal resuelve que el desequilibrio derivado de la aplicación de la metodología instaurada por el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, determinó la vulneración del derecho a la autonomía financiera de la Comunidad Autónoma, «pues es notoria la disfunción que se deriva del hecho de que las entregas a cuenta se le abonasen en doce mensualidades y, en cambio, en la liquidación definitiva se atendiese únicamente a la recaudación de IVA correspondiente a once mensualidades, derivándose de ello un resultado anómalo».

Agrega que la aplicación de una norma reglamentaria --Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre-- «trajo consigo una alteración en las reglas del sistema de financiación autonómico establecido legalmente, produciendo un desequilibrio que es necesario corregir, al haberse producido un quebranto financiero para la Comunidad Autónoma demandante y, correlativamente, un enriquecimiento indebido para la Administración del Estado».

Noticia Patrocinada

El Supremo recuerda además que de ese «resultado anómalo» «se mostró persuadida la Administración del Estado antes del inicio de este proceso, como pusieron de manifiesto iniciativas de arreglo extraprocesal y que resultaron fallidas.

«Por ello, el principio de lealtad institucional en la actuación de las administraciones públicas (artículo 3.1. e/ de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público) puesto en relación con el artículo 103.1 de la Constitución habría exigido que por parte de dicha Administración se diese a la reclamación de compensación una respuesta muy distinta a la desestimación presunta que constituye el objeto de este proceso», explica.

Publicidad

En el plazo más breve

Por su parte, la Consellería de Facenda ha dicho acoger «con satisfacción» esta sentencia, que «reconoce una vez más que Galicia tenía razón, que las gallegas y gallegos ganan porque recuperan un dinero que abonaron todos los ciudadanos, y que, por tanto, es suyo».

En un comunicado, avanza que ejercerá «las acciones necesarias para que la compensación reconocida por la sentencia se haga efectiva en el plazo más breve posible».

«Ahora la sentencia del Tribunal Supremo acredita que el Gobierno central vulneró el derecho a la autonomía financiera de nuestra comunidad, que esa actuación originó un quebranto económico a la hacienda autonómica, y que de ese modo se produjo un enriquecimiento indebido para la Administración del Estado», subraya.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

3 meses por solo 1€/mes

Publicidad