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M. MENÉNDEZ
GIJÓN.
Miércoles, 1 de agosto 2018, 02:59
La escasez de médicos ha llevado al Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) a imponer el traslado forzoso del personal facultativo cuando «las necesidades del servicio» lo requieran. El Sespa busca así garantizar la atención sanitaria durante todo el año, y evitar los problemas que surgen especialmente en verano, para sustituir al personal que se va de vacaciones ante la falta de profesionales suficientes en las bolsas de demandantes de empleo.
El Sespa ha regulado la movilidad geográfica mediante una resolución publicada ayer en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA). Esa decisión fue debatida en la Mesa Sectorial de Sanidad, donde fue rechazada por todos los sindicatos excepto el Simpa (el de médicos). Al no ser aprobada en las reuniones que se celebraron los días 16 y 18 de julio y no contar con el apoyo sindical necesario, el Sespa optó por emitir una resolución para imponer la movilidad forzosa en toda la sanidad.
El documento indica que «es posible que puedan surgir determinadas circunstancias -asociadas o no a la realidad actual de escasez de profesionales- que obliguen al Sespa a proceder a una reordenación temporal de sus recursos humanos», por lo que el personal «podrá ser destinado a centros o unidades ubicadas fuera del ámbito previsto en su nombramiento».
Según apuntó Alejandro González, de Comisiones Obreras, se trata de un problema que «afecta solo a los facultativos, ya que para el resto del personal hay suficiente bolsa de demandantes». El Sespa adopta esta medida debido a la falta de médicos que tiene en determinados puestos. Así, hay que recordar que la escasez de profesionales para cubrir sustituciones obligó a la reorganización de las urgencias en Oviedo y Gijón (ésta última frenada por los colectivos vecinales), al tiempo que hay graves problemas en los centros sanitarios de las alas de la región para cubrir los contratos de verano. Y es que en la bolsa de empleo para facultativos hay muy poco personal.
La publicación de esta resolución es resultado de dos sentencias judiciales que decretaron nula la movilidad prevista en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Sespa, de 19 de noviembre de 2009, debido a que no estaba suficientemente fundamentada. Ahora, el Sespa pretende subsanar esa situación.
El documento define los criterios para la designación de los profesionales que deban acudir a desempeñar «funciones propias de su categoría en un área sanitaria o centro de trabajo distintos del ámbito de su nombramiento, en supuestos de necesidad de cobertura de la asistencia sanitaria de la población», es decir, en casos de falta de médicos. Pero advierte de que se hará siempre que «hayan sido agotadas todas las posibilidades para la cobertura de dicha contingencia» con los medios de los centros afectados.
La movilidad temporal tendrá carácter forzoso y la duración necesaria hasta que dicha contingencia desaparezca. Eso sí, ningún profesional podrá ser trasladado «por un plazo acumulado superior a dos meses en un año». Transcurrido ese tiempo, se designará a otro profesional. Además, los afectados conservarán el derecho a su plaza o puesto de origen, así como a percibir las retribuciones propias del mismo y al abono de dietas y gastos de desplazamiento. Un punto que resalta esta resolución es que «para la realización de guardias o atención continuada no podrá designarse dos veces seguidas al mismo profesional, salvo que no se encontrase ningún otro disponible». Todos estos movimientos quedarán contabilizados en un registro de designaciones de movilidad temporal.
Pero, ¿en qué orden afectará a los profesionales esta resolución? El documento indica los primeros afectados por estos traslados forzosos serán «el personal temporal de menor a mayor puntuación en la bolsa de demandantes de empleo. A igual puntuación, habrá de designarse al de menor edad». En segundo lugar estará «el personal fijo, de menor a mayor antigüedad», con el mismo criterio de desempate que en el caso anterior. En último lugar serán «aquellos profesionales que ocupen jefaturas de servicio o de sección a los que solo les será de aplicación este sistema de provisión agotados los criterios anteriores y en orden inverso a su rango».
Esta resolución deroga, además, la antes referida de 2009 pero, al igual que con aquella, no contó con el respaldo de la mayoría de los sindicatos, porque, como indicó Alejandro González, «no podemos avalar algo que va en contra de los intereses de los trabajadores. Casi todos los sindicatos estamos en desacuerdo». De ahí que el Sespa haya tenido que tomar la decisión de sacar adelante esta normativa mediante resolución, ya que la falta de médicos en determinados puestos, especialmente en las alas de Asturias, está resultando un serio problema.
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