«No pudieron ser más inoportunos, en pleno Día del Carmen». Ese es el lamento del patrón mayor de Puerto de Vega y presidente de las Cofradías de Pescadores de Asturias, Adolfo García, al conocer esta mañana que el Tribunal Supremo ha fallado a favor del Gobierno central en el contencioso que los pescadores habían interpuesto contra los Planes de Ordenación del Espacio Marítimo (POEM) que el Ejecutivo aprobó hace ahora 17 meses, que en el caso de Asturias prevé la autorización de parques de generación de energía eólica marina en tres zonas situadas en las verticles de Tapia y El Franco (un área de 104 kilómetros cuadrados, que afectaría a hasta cuatro zonas de pesca o caladeros), de Navia y Valdés (la más pequeña, de 80 kilómetros cuadrados, pero que afectaría a cinco de las zonas de pesca en las que se divide la costa asturiana) y Gijón (la mayor de las tres, de 151 kilómetros cuadrados, que afectaría a dos de las mayores zonas de pesca).
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El Supremo ha desestimado el recurso de la Plataforma en Defensa de la Pesca y de los Ecosistemas Marinos, rechazando además en el fallo que pueda, como aduce dicha plataforma, que haya arbitrariedad a favor de la actividad de las empresas de generación eléctrica frente a la actividad de los pescadores.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo postula que «no puede sostenerse que el planificador -el Gobierno central-, en el ejercicio de su discrecionalidad, al seleccionar unas zonas en las que ubicar preferentemente las instalaciones de energía eólica marina –y evitar así su dispersión desordenada por todo el medio marino de soberanía española–, haya olvidado la presencia de la actividad pesquera ni su interacción con la eólica».
Pero los pescadores, según recuerda Adolfo García, esgrimen que el alto tribunal «no ha querido admitir como prueba el informe del Instituto Español de Oceanografía y del Ministerio de Agricultura y Pesca», en el que se recogen los impactos que la instalación de parques eólicos marinos «tendría sobre los stocks pesqueros», lo que en su opinión genera una situación de «indefensión jurídica».
García está en la idea de que las cofradías «vamos a presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional», si bien esto se confirmará en la reunión que las cofradías de pesca de todo el litoral español mantendrán en el puerto lucense de Burela el próximo lunes, a las 11.30 de la mañana.
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Fuentes jurídicas consultadas por este periódico explicaron que frente a un fallo del Supremo sólo cabe recurrir ante el Constitucional si hay indicios de que se lesionen derechos fundamentales (los contenidos en los artículos que van del 14 al 29 de la Constitución Española de 1978). En todo caso, la no aceptación del informe del IEO como prueba abre una posibilidad de que un recurso de amparo sea admitido por el Constitucional, al haberse producido, si así lo estima este último tribunal, una lesión del principio de tutela judicial efectiva.
Los profesionales de la pesca están muy molestos y dispuestos a repetir las movilizaciones que ya protagonizaron en esta polémica. Afirman que que la zonas delimitadas para los parques eólicos marinos en la frontal del litoral asturiano afectan importantes caladeros de pesca y que no se ha tenido en cuenta el impacto que sobre ellos tendrán las instalaciones energéticas. En contraste, el Supremo postula que el Gobierno central sí «ha tomado en consideración en sus decisiones de ordenación una copiosa información atinente a la actividad pesquera, y obligan además a tener en cuenta en todo momento la actividad pesquera desarrollada en las zonas seleccionadas para la energía eólica, interacción o solape que deberá resolverse al tiempo de la autorización de los correspondientes proyectos, conforme a su legislación sectorial y ambiental», según el texto de la sentencia.
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Es más, el propio texto del fallo del Supremo pondría en tela de juicio que se haya podido actuar al margen del principio de tutela judicial efectiva, toda vez que «las decisiones adoptadas en relación con la actividad pesquera y la eólica marina parten de un complejo proceso de consulta y negociación entre los distintos sectores afectados, con intereses contrapuestos, y han sido tomadas razonadamente, teniendo a la vista las necesidades de todos y cada uno de los sectores afectados, sobre la base de una copiosa información técnica y científica, accesible al público, proporcionada, entre otros, por el Instituto Español de Oceanografía, el Centro de Estudios de Puertos y Costas, y por las propias administraciones públicas territoriales y sectoriales concernidas, que no ha sido en ningún momento fundadamente rebatida por la actora con la correspondiente pericial técnica, limitándose a expresar su mera discrepancia subjetiva».
La consejera de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, Nieves Roqueñí, ha señalado este miércoles que los proyectos de energía eólica marina seben ser compatibles con la protección ambiental y la conservación de la actividad pesquera. En declaraciones a los medios, Roqueñí ha apuntado que las energías renovables son necesarias para avanzar en la descarbonización, incluida la eólica marina pero desde una perspectiva que la haga compatible con la protección de los ecosistemas y la conservación de la pesca. Así, ha incidido en que cuando lleguen proyectos se hará una evaluación ambiental que permita que sean compatibles con la conservación de los ecosistemas marinos y preservación de la actividad pesquera.
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