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E. GARCÍA
BELEÑO.
Martes, 25 de junio 2019, 00:17
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha dado la razón al Ayuntamiento de Ponga en el pago del canon cinegético a Sobrefoz. La Sala de lo Contencioso Administrativo ha desestimado la solicitud presentada por la parroquia de ampliación del pago a los ejercicios posteriores a 2017.
En la sentencia, los magistrados concluyen que la ampliación del plazo no resulta admisible, ya que el periodo al que se pretende extender es anterior a la fecha en la que se despachó la ejecución de la sentencia en la que el juez reconocía el derecho de Sobrefoz a que se le abone un porcentaje del canon cinegético.
Es decir, que el Consistorio deberá abonar a la parroquia rural un 15% de este canon, pero únicamente el correspondiente al periodo 2015-2017, ya que la sentencia establece que son éstos los únicos plazos objeto del pleito principal. Esto se traduce en una cuantía de 44.274,16 euros, tal y como recoge el auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Oviedo. El Ayuntamiento de Ponga está cumpliendo con el plan de pagos establecido por el Juzgado, que establece diez plazos mensuales a partir del pasado mes de febrero.
El del canon de compensación por la explotación de los recursos cinegéticos es un asunto controvertido. La justicia instó a Sobrefoz y al Ayuntamiento a llegar a un acuerdo por la «vía tradicional». Sin embargo, el entendimiento resultó infructuoso y la parroquia rural rechazó el convenio presentado por el Consistorio el pasado mes de abril, en el que fijaba en un 15% -la misma cantidad que la establecida para el periodo 2015-2017- el porcentaje del canon que la parroquia deberá recibir en concepto de anualidad correspondiente al año 2018.
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