![Juicio por la muerte de una niña en el río Cares: La compañía «no contaba con ningún protocolo de actuación en caso de accidente»](https://s3.ppllstatics.com/elcomercio/www/multimedia/2024/01/29/juicio-muerte-nina-rio-cares.jpg)
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Soraya Pérez
Oviedo
Lunes, 29 de enero 2024, 15:59
Después de tres años y medio de espera, este lunes comenzó en Oviedo el juicio contra los cuatro acusados por la muerte de una niña madrileña de 14 años en un descenso por el río Cares el 3 de julio de 2020. La Fiscalía solicita cuatro años de prisión e inhabilitación para cualquier profesión relacionada con el turismo activo por ese mismo espacio de tiempo para cada uno de los acusados. En el inicio de la vista, que se prolongará hasta el viernes, Jesús M. D. C, propietario de Canoe Aventure Trophy, la empresa que realizó la actividad en la que falleció la niña, reconoció que «dos de los tres monitores» que dirigían el día del trágico suceso el rafting en canoa por el río Cares, en el que participaron veinte menores, «no poseían ninguna titulación o experiencia previa» en esta disciplina. Jesús M. D. C. está acusado por homicidio imprudente tras constatarse varias presuntas irregularidades por parte de su empresa
El relato del fiscal indicó que la víctima estaba pasando sus vacaciones en un campamento de verano en la localidad de Comillas. Esta empresa, por medio de una intermediaria, contrató para el ejercicio de actividades al aire libre a la entidad de turismo activo propiedad de Jesús. M. D. C., que «no contaba con ningún protocolo de actuación escrito en caso de accidente».
Según el propietario de la citada empresa y uno de los acusados, «los tres monitores, son personas de confianza y aunque no poseían la titulación yo confié en su capacidad para llevar a cabo la actividad», dijo durante su declaración.
Por otra parte, el fiscal afirmó que el acusado, el primero de los cuatro que declaró en el juicio, «sólo posee licencia de actividades para la modalidad de piragüismo, pero no para ofertar actividades como el rafting en canoa». Sin embargo, Jesús M. C. D, se defendió destacando que tiene una titulación en piragüismo que «engloba también el rafting y el rafting de canoas en aguas bravas. Es decir, mi titulación, que obtuve en 2002, me habilita para realizar todas estas actividades», precisó.
El Fiscal insiste en que el propietario de Canoe Aventure Trophy «desatendió toda norma de cuidado, tanto ofertando una actividad que no era propia para menores de edad, como dejando en manos del resto de los acusados bienes tan esenciales y primordiales como la seguridad y bienestar de 20 usuarios». Agregó en este sentido que el día del trágico accidente, los monitores «sólo contaban con teléfonos móviles, aún sabiendo que durante el descenso del río Cares se pierde la cobertura. Podían haber llevado walkie talkies, pero no lo hicieron». Esa falta de cobertura, según indicó, contribuyó en gran medida al fatal desenlace, porque la empresa tardó mucho tiempo en contactar con los servicios de emergencia.
Por último, hizo hincapié en el incumplimiento del marco legal por parte de la empresa de turismo activo, pues «dos de los tres monitores acusados, no estaban dados de alta en la Seguridad Social el día del accidente. Casualmente, el día después, les dieron de alta», concluyó.
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