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G. P.
INFIESTO.
Sábado, 16 de diciembre 2017, 00:24
El aparejador de Piloña y un arquitecto técnico en ejercicio de profesión libre «actuando de común acuerdo y guiados por el ánimo de obtener enriquecimiento injusto, diseñaron un plan para que las personas interesadas en realizar algún tipo de construcción que requiriese licencia del ... Ayuntamiento de Piloña contratasen el proyecto» al técnico privado. En estos términos describe la fiscalía el modus operandi llevado a cabo por ambos profesionales desde «al menos» 1996.
El caso de los arquitectos técnicos llegó ayer al Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo, donde el aparejador admitió ser autor de un delito continuado de negociaciones prohibidas y un delito de prevaricación urbanística. En la conformidad alcanzada, el antiguo trabajador municipal aceptó la pena solicitada por la fiscalía, por la que se le imponen dos condenas de 9 meses de multa a razón de 9 euros al día, hasta un total de 4.860 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. Además, será inhabilitado para empleo o cargo público relacionado con la profesión de arquitecto técnico durante 6 años y 3 meses. A idéntica pena fue condenado el profesional en ejercicio libre, que admitió la comisión de un delito continuado de prevaricación urbanística en concepto de cooperador necesario y de un delito continuado de negociaciones prohibidas, también en concepto de cooperador necesario.
Antecedentes: la trama delictiva se remonta «al menos» a 1996, cuando los condenados constituyeron una sociedad conjunta.
Trama: el aparejador derivaba la solicitud de licencias a su socio, por lo que habrían obtenido un beneficio de 27.000 euros.
Condena: dos condenas de 9 meses de multa por un importe total de 4.860 euros y la inhabilitación de empleo o cargo público relacionado con la profesión durante 6 años y tres meses.
La práctica delictiva se remonta al año 1991, cuando «a efectos de poder repartirse los lucros» los acusados constituyeron la sociedad mercantil Habitat y Turismo S.L. Ambos, señala el ministerio fiscal en su escrito, fueron «administradores solidarios de la misma desde al menos el 17 de diciembre de 1997». De un año antes, 1996, datan los primeros expedientes irregulares detectados por la fiscalía, cuyo procedimiento se repitió en una veintena de casos detectados. El arquitecto técnico privado «realizó proyectos para los que carecía de la necesaria titulación, haciendo pasar por obras menores lo que en realidad eran obras mayores», trabajos que le eran derivados por su socio y empleado municipal. «Tras informarse en las oficinas municipales de los trámites a seguir» fueron «dirigidos» por el aparejador «para que contratasen el proyecto» a su socio, «todo ello con el fin de que posteriormente el proyecto fuese informado favorablemente» por el empleado municipal y «así obtener la licencia sin ningún tipo de problema». En el periodo comprendido entre enero de 1996 y abril de 2013, el arquitecto técnico que compartía sociedad con el aparejador del Ayuntamiento piloñés remitió al colegio para su visado 465 proyectos, de los cuales «195 se concretaron en el término municipal de Piloña, lo que se traduce en que casi el 42% de su actividad profesional se concretó en tal municipio», recoge el documento de la fiscalía. Los beneficios económicos de tales operaciones «no han podido ser determinadas con exactitud» por el ministerio fiscal, si bien estima un margen «mínimo» de 1.000 euros por proyecto, por lo que los beneficios ascenderían a 27.000 euros. Dicha cantidad, recuerda, ha sido ingresada por los ahora condenados en la cuenta del Juzgado, hecho que concurrió como atenuante.
Se da la circunstancia de que en 2014 la Junta de Gobierno del Consistorio piloñés ya había solicitado la inhabilitación del trabajador tras detectar las incompatibilidades. La sanción a nueve años alejado del ejercicio profesional público fue ratificada en 2015 por los tribunales.
El antiguo aparejador municipal fue también condenado el pasado mes de septiembre a quince meses de cárcel y un año de inhabilitación, pena impuesta en el seno de un caso en el que se vio envuelto el alcalde de Piloña entre 2007 y 2011, Camilo Montes. El exregidor fue condenado a una pena de quince meses de prisión y seis años de inhabilitación tras reconocer la autoría de un delito de prevaricación y haber sido inductor de otro de falsificación de documentos públicos. En el proceso, en el que también estuvo involucrada la administradora de una empresa constructora, las partes llegaron, al igual que en el caso ayer cerrado, a un acuerdo de conformidad.
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