Giro inesperado el juicio a los dos ganaderos de Ribadedeva acusados de verter purines en la Cueva de El Pindal. La Fiscalía ha determinado que el segundo acusado y expropietario de la finca, Jesús Pablo Roig, no tuvo ninguna responsabilidad en los hechos y ... ha procedido a retirar la acusación.
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Entretanto, el promotor de la finca, Manuel Roig, no corrió con la misma suerte. La Fiscalía mantiene la acusación para él, seis años y tres meses de prisión por un delito contra el patrimonio histórico.
El abogado del ahora único acusado en el caso, Luis Tuero, comentó a EL COMERCIO que «se ha cometido una verdadera injusticia. Mi cliente no realizó ninguna construcción mientras estuvo en la finca. Se realizaron en 2004 por una antigua sociedad y son ellos los responsables». Insistió el letrado en que peritos e ingenieros «demostraron ya que el agua contaminada con purines no provenía de la finca de mi cliente y aún así la Fiscalía insiste en mantener la acusación».
Afirmó el abogado de la defensa que «es falso que Manuel Roig no tuviese licencia de actividad. Tenía una licencia de ganadería extensiva, lo que no tenía era comedero para las vacas». Volvió a insistir en la inocencia de su defendido y en que no sabía que su finca se encontraba cerca de la cueva del Pindal. «Es un hostelero retirado y compró las vacas en 2014 casi como un pasatiempo. Le están echando la culpa de unas construcciones que él no realizó», agregó.
La cueva de El Pindal goza de la máxima protección prevista en la normativa vigente, ya que está declarada como Bien de Interés Cultural y se encuentra incluida en la Lista de Patrimonio Mundial desde 2008. Se trata de un área que también goza de protección ambiental, al estar incluida en el Paisaje Protegido de la Costa Oriental.
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Según el relato de la Fiscalía, el acusado se extalimitó en los usos del suelo en contra de la zonificación o uso urbanístico de terrenos calificados como «suelo no urbanizable de costas», sin ajustarse a las determinaciones de la licencia municipal concedida el 29 de marzo de 1995 por el Ayuntamiento de Ribadedeva. Así, construyó un camino de acceso a los comederos, generando un terraplén que evita que el arroyo de La Llongar, en caso de crecida, se disperse por toda la vaguada, de forma que concentra su cauce y el arrastre de material contra un sumidero ubicado junto a la explotación y en el área de infiltración directa de la cueva.
El juicio quedó visto para sentencia.
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