EDUARDO PANEQUE
GIJÓN.
Jueves, 24 de junio 2021, 02:51
Sea puesta o en el bolsillo, la mascarilla seguirá presente en el día a día cada vez que se salga a la calle. La nueva normativa que aprobará hoy el Consejo de Ministros elimina alguno de los supuestos en los que era ... obligatoria, pero mantendrá la necesidad de portarla consigo. Se debe a una razón muy simple: es prácticamente imposible prever que siempre se pueda arantizar la distancia de seguridad de 1,5 metros con personas no convivientes.
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De esta premisa viene la principal excepcionalidad que se introducirá cuando la norma entre en vigor el sábado: no será obligatorio llevar mascarilla al aire libre siempre y cuando se respete esa distancia. «Cuando las personas se encuentren fuera de su domicilio, deberán disponer en todo momento de una mascarilla para uso personal por si así fuera requerido o en previsión de aglomeraciones o necesidad sobrevenida en espacios interiores o en transporte público», establece literalmente el borrador de reforma de la Ley 2/2021, conocida como ley de 'nueva normalidad'. Es el texto que desde el 30 de marzo de este año imponía el uso de esta medida de protección sin excepciones en todos los espacios públicos, tanto abiertos como cerrados, con independencia si se puede guardar la distancia de seguridad.
El consejero de Salud, Pablo Fernández Muñiz, celebró la inclusión de este aspecto «porque era una petición de Asturias y así quedará reflejada en el Real Decreto-ley». El responsable asturiano hizo estas declaraciones al término del Consejo Interterritorial de ayer en el que el Ministerio de Sanidad expuso -parcialmente a través de un 'power point' de siete páginas- la nueva norma. Hubo debate entre consejeros, pero no votación.
La ministra Carolina Darias insistió en que es competencia del Consejo de Ministros y que tan solo se trasladaron los criterios generales. De hecho, la 'letra pequeña', Moncloa se la reserva para este mediodía.
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De lo que sí se avanzó ayer hay algo que no cambia: la mascarilla seguirá siendo obligatoria, como hasta ahora, en interiores. Aquí, la excepción está en los centros sociosanitarios donde, si el 80% de los residentes están vacunados, podrá abandonarse su uso en las zonas comunes. Se sigue ese mismo criterio para las dependencias de servicios esenciales como la policía, bomberos o militares.
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Más allá de la flexilibización de su uso al aire libre, la nueva norma también incluye especificidades para los conciertos en exteriores. Si los asistentes permecen de pie, deberán de llevar mascarilla; si lo hacen sentados, no es necesaria. Este mismo criterio aplica a las manifestaciones o los eventos deportivos.
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La reforma, que se basa esencialmente en retocar el artículo 6 de la ley de 'nueva normalidad', también deja claro que la mascarilla seguirá siendo indispensable en todo tipo de medios de transportes colectivos. El texto prohíbe quitarse la prenda en autobuses, metros, transporte aéreo y ferroviario, teleférico o barco. No obstante, en este último medio establecen excepciones, como en camarotes privados o en espacios exteriores donde se pueda garantizar esos siempre omnipresentes 1,5 metros de distancia interpersonal como pudiera ser la cubierta de un navío.
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