El juzgado de primera instancia número 5 de Oviedio ha denegado la medida cautelar consistente en suspensión de la ejecutividad de la resolución de la comisión directiva de Foro por la que se expulsaba a Pedro Leal de la formación. Es decir, que la justifica ... viene a ratificar su expulsión de Foro y le quita la razón al recursos que el diputado había presentado. No solo eso, también le condena a pagar las costas. No obstante, contra la resolución aprobada hoy cabe interponer recurso de apelación en un plazo de veinte días.
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Según se puede leer, la justicia dice que «no concurre 'prima facie' una apariencia de inadecuación de la actuación de la parte demanda, toda vez, en principio y sin perjuicio del resultado que arroje la prueba que se pueda practicar en el juicio, el acuerdo debatido aparece adoptado a partir de facultades otorgadas a la Presidencia en los propios Estatutos, con intervención en aquel de la persona afectada, por lo que a priori parece respetado el trámite previsto».
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