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El juzgado de primera instancia número 5 de Oviedio ha denegado la medida cautelar consistente en suspensión de la ejecutividad de la resolución de la comisión directiva de Foro por la que se expulsaba a Pedro Leal de la formación. Es decir, que la justifica ... viene a ratificar su expulsión de Foro y le quita la razón al recursos que el diputado había presentado. No solo eso, también le condena a pagar las costas. No obstante, contra la resolución aprobada hoy cabe interponer recurso de apelación en un plazo de veinte días.
Según se puede leer, la justicia dice que «no concurre 'prima facie' una apariencia de inadecuación de la actuación de la parte demanda, toda vez, en principio y sin perjuicio del resultado que arroje la prueba que se pueda practicar en el juicio, el acuerdo debatido aparece adoptado a partir de facultades otorgadas a la Presidencia en los propios Estatutos, con intervención en aquel de la persona afectada, por lo que a priori parece respetado el trámite previsto».
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