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Un hombre reconoció este martes que intentó asesinar a su pareja. En la Sección Tercera de la Audiencia Provincial asumió los hechos que le atribuían la Fiscalía y la acusación particular y aceptó una pena de siete años y diez meses de cárcel por intentar cortarle el cuello con un cuchillo de 20 centímetros a su pareja, que había viajado desde Oviedo hasta Palencia, durante una discusión.
Según el escrito de acusación de la Fiscalía, el procesado (Colombia, 1990) mantenía una relación sentimental sin convivencia con su pareja. Ella vivía en Oviedo y él en Palencia, donde fue a visitarlo el 26 de octubre de 2023. Se alojó en su casa. La noche del 28 era sábado y ambos fueron a una discoteca, en el interior de la cual iniciaron una discusión. En el transcurso de la misma, el procesado le propinó un bofetón en la cara a la mujer, sin que conste que le haya ocasionado lesión alguna.
Seguidamente, según mantuvo la Fiscalía y el hombre asumió, regresaron a la vivienda donde el procesado «decidió acabar con la vida de la mujer». Para ello cogió «un cuchillo de unos 20 centímetros de filo» y, tras abalanzarse sobre ella, le seccionó el cuello a la vez que le decía: «Te mato, te mato».
La mujer consiguió sujetarle la mano, evitando que continuara con la agresión. Acto seguido, logró salir a la calle mientras se tapaba la herida del cuello con una especie de pañuelo y pidió ayuda. El agresor, mientras, se deshizo del cuchillo, arrojándolo al patio de luces del inmueble.
Según el informe forense, la herida de la víctima, de 10 centímetros de longitud, no afectó a órganos vitales, aunque estaba a escasos centímetros, tanto en profundidad como en longitud de la vena yugular externa, arteria carótida y vía aérea.
El procesado lleva en situación de prisión provisional por esta causa desde el 31 de octubre de 2023 y con la prohibición de aproximarse a la mujer a menos de 500 metros, a su domicilio y lugar de trabajo o cualquier otro donde ella se encuentre, así como de comunicarse con ella por cualquier medio.
Lo sucedido fue considerado un delito de asesinato en grado de tentativa del artículo 139.1 del Código Penal, en relación con los artículos 16 y 62; y de un delito de maltrato de obra en el ámbito familiar del 153.1. Aceptó, por el primer delito, siete años y diez meses de prisión, con inhabilitación absoluta del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, a sustituir por su expulsión del territorio nacional una vez haya cumplido la mitad de la pena impuesta. Además, la prohibición de aproximarse a la mujer, a su domicilio, lugar de trabajo u otros lugares que frecuente aunque no se encuentre en ellos a menos de 500 metros, así como de comunicarse con la misma por cualquier medio durante 12 años.
Por el segundo delito, 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad, privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante un periodo de dos anualidades.
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