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Olga Esteban
Miércoles, 15 de marzo 2023, 15:53
Un docente que pueda empatizar con la víctima. Crear un «círculo protector de compañeros y compañeras». Actuar con los acosadores, con los observadores y con la clase al completo en la que esté el presunto acosador. Desarrollar programas específicos sobre la diversidad sexual, ... charlas con personas expertas... Son algunas de las medidas que los centros educativos podrán poner en marcha cuando se detecte un caso de acoso por razones de orientación sexual.
La Consejería de Educación lo dijo desde el inicio de curso: este año se haría especial hincapié en el problema del acoso, incidiendo en dos aspectos. Por un lado, el ciberacoso. Por el otro, la discriminación por razones de orientación sexual. Y sobre esto último, la consejería ha remitido hoy a todos los centros educativos del Principado (públicos, concertados y privados) una guía con orientaciones, que ahora colegios e institutos deberán incorporar en el Proyecto Educativo de Centro y en el Plan Integral de Convivencia, enmarcados en la nueva ley educativa (LOMLOE). También se concretarán en la Programación General Anual (PGA).
El objetivo principal del documento, cuyo nombre es 'Orientaciones para la prevención, detección e intervención ante las conductas que atenten contra la orientación e identidad sexual en los centros docentes', es la prevención, aunque también se marcan las líneas a seguir cuando ya se hayan detectado «conductas que atenten contra la identidad sexual del alumnado».
En busca de esa prevención, se insta a los centros a llevar a cabo «actuaciones de información y sensibilización sobre diversidad afectivo-sexual dirigidas al alumnado y adaptadas a su nivel madurativo, incluyendo actividades de autoconocimiento, conocimiento mutuo, empatía, aprecio y comunicación para favorecer la cohesión del grupo», así como «actuaciones dirigidas a evitar y/o erradicar el lenguaje con connotaciones y denotaciones peyorativas en el entorno educativo sobre orientación e identidad».
Entre las herramientas que la consejería pone a disposición de los centros se les recomienda la guía 'Abrazar la diversidad', editada por la Subdirección General para la igualdad de trato y no discriminación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, así como los programas educativos que se llevan a cabo en Asturias: 'Yo cuento, tú pintas, ella suma' y 'Ni ogros, ni princesas'.
Pero, además de prevenir, hay que actuar cuando el problema ya sea evidente. Y por eso se enumeran las conductas susceptibles de atentar contra la orientación e identidad sexual. El primero, el uso reiterado de apodos peyorativos relaciondos con la orientación sexual, y se especifican algunos: «Maricón, bollera, travelo, marimacho». También chistes, burlas, menosprecios o insultos con connotación afectivo-sexual o que inciten a la violencia física. Estas conductas reprobables serían extensibles a los espacios virtuales.
Pero es que también habrá que tener en cuenta «el aislamiento del grupo en las actividades escolares y extraescolares», «la introversión, tristeza y aflicción de la víctima«, las »reiteradas ausencias injustificadas al centro docente y« las »somatizaciones o brotes de descontrol emocional de la víctima o víctimas«.
Cuando se detecten conductas de este tipo, la consejería establece el modo de proceder. Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospecha de un caso deberá ponerlo en conocimiento de un docente, el equipo directivo o la persona responsable de la orientación. En ese momento, se activará el protocolo contra el acoso escolar vigente.
Si el centro docente concluye que ha existido acoso escolar, deberá elaborar un plan de actuación, que contendrá medidas a adoptar con la víctima, con los agresores y con los observadores para corregir la situación detectada y evitar que se vuelva a repetir.
Por último, en el supuesto de que algún miembro de la comunidad educativa tuviera conocimiento o sospechas de que un menor escolarizado pudiera estar sufriendo una agresión física o ensañamiento por su orientación e identidad sexual, lo pondrá en conocimiento de la dirección del centro que, con carácter inmediato, lo derivará a los servicios sociales competentes. Si resultara amenazada la salud o la seguridad del menor o adolescente, deberá comunicarlo con urgencia a las fuerzas y cuerpos de seguridad y/o al Ministerio Fiscal, en cumplimiento de la ley orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
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