El propietario de una cafetería de Arriondas echa el cierre a su negocio durante la pandemia. XUAN CUETO

El Constitucional anula las deducciones covid a 22.000 empresarios asturianos

El Principado reitera que sus deducciones son «de justicia», porque afectan a los empresarios más perjudicados por las limitaciones a la actividad

O. VILLA

GIJÓN.

Viernes, 11 de febrero 2022, 01:04

Decenas de miles de deducciones sobre la cuota íntegra del IRPF a profesionales de sectores especialmente dañados por las limitaciones a la actividad comercial impuestas por las restricciones a la actividad decididas durante la pandemia corren cada vez más peligro. El pleno del Tribunal ... Constitucional (TC) estimó en la tarde de ayer el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno contra las deducciones fiscales impulsadas por el Principado de Asturias para paliar el impacto provocado por la covid. Con claridad, la decisión del Principado de renunciar a la parte del IRPF que le correspondería en puridad sobre las ayudas covid que el propio Gobierno regional concede es considerada nula por el Tribunal Constitucional a instancias del Ejecutivo de Pedro Sánchez.

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En concreto, el alto tribunal declaró nulo e inconstitucional el artículo 14 del texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado. Ese artículo contemplaba deducciones fiscales en sectores especialmente afectados por la pandemia. Y el Ejecutivo lo recurrió alegando que este precepto podría exceder las competencias del Principado e incumplir el régimen de cesión de tributos del Estado a las comunidades autónomas.

El Principado se encontró con el fallo ya a última hora de la tarde y apenas indicó que «defendemos la medida tomada porque es apropiada y de justicia», dada la excepcionalidad de lo ocurrido durante la pandemia, si bien no entra a mayores valoraciones «hasta que conozcamos el contenido concreto de la sentencia y ver en qué términos afecta a esas deducciones la nulidad» declarada por el Tribunal Constitucional.

Hacienda entiende que las ayudas del Principado son subvenciones a la actividad y no un soporte excepcional por la covid

La decisión va a levantar una gran corriente de rechazo entre los sectores afectados, fundamentalmente los empresarios y autónomos del turismo, la hostelería, el comercio, el ocio nocturno, la cultura y el deporte, máxime si se tiene en cuenta que esa situación responde a una discrepancia jurídica entre dos administraciones del mismo signo político, y que afecta a los sectores económicos que peor lo han pasado durante la pandemia.

El origen de este conflicto está en la decisión del Principado de renunciar a la tributación que pudiera derivarse de las ayudas covid, incorporando una bonificación en el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

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En principio, podría parecer que no se invaden competencias, dado que se trata del tramo autonómico, pero el Ministerio de Hacienda lo cuestionó hasta el punto de impugnarlo ante el Constitucional, lo que implicó la suspensión cautelar de la deducción fiscal aprobada por el Gobierno autonómico, que ahora pasa a ser una nulidad ante la que el Principado ha de estudiar ahora los pasos a adoptar, «viendo previamente en qué términos afecta esta nulidad» a las declaraciones de la renta de los profesionales afectados.

El Ministerio de Hacienda entendió que la ayuda del Principado es una subvención a la actividad económica, lo que invadiría sus competencias, mientras que el Ejecutivo asturiano considera que la subvención lo que hace es compensar, precisamente, la falta de actividad económica devenida no por falta de empeño o iniciativa de los emprendedores, sino por una circunstancia excepcional y de fuerza mayor, como es una pandemia.

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Un limitado «arrastre fiscal»

Ya en su momento, la Unión de Comerciantes del Principado anotó que en el peor de los casos «el arrastre fiscal será pequeño», dado que las ayudas covid y las deducciones en el tramo autonómico del IRPF son para «negocios con cuentas de resultados negativas». El Principado ya lleva repartidos más de 162 millones de euros en ayudas en dos convocatorias, una de 53 millones en la que se compensó a 16.158 empresarios del turismo, la hostelería, el comercio, el ocio nocturno, la cultura y el deporte, y una segunda, de 109 millones, en la que se ayudó a 21.900 emprendedores afectados por la crisis devenida de la pandemia, muchos de los cuales ya habían concurrido a la primera convocatoria.

La gerente de la Unión de Comerciantes, Carmen Moreno, ya expresó en su momento que «es puro cinismo aplicar tanta precisión jurídica en una situación tan excepcional como esta, que ha servido al Gobierno de España para justificar casi todo durante la pandemia».

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La Federación de Empresarios, Fade, indicó también cuando se admitió a trámite el recurso del Gobierno central que «esta frustración e incertidumbre son innecesarias y evitables». Y se preguntaba ya entonces «si no es posible articular sistemas que eviten conflictos de interpretación jurídica» como este, que «pone en peligro parte de las exiguas compensaciones recibidas» por el cierre o la limitación de algunas actividades económicas.

El presidente de Otea, la patronal del turismo y la hostelería, indicó en ese momento que Principado y ministerio tienen que buscar la forma de aclarar esta situación. «Las ayudas hay que llevarlas a su máxima expresión», dijo, José Luis Álvarez Almeida, contrario a que «luego se nos castigue en el IRPF. Las empresas estamos para que nos ayuden, no para que nos castiguen».

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¿Y qué hago ahora?

La deducción que la decisión del Tribunal Constitucional declara nula se aplicaría al ejercicio económico de 2021, cuya campaña del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas comienza en el próximo mes de abril. Si la nulidad dictada ayer por el Tribunal Constitucional se ratifica, el paso a tomar por los emprendedores es tan sencillo como tener en cuenta que la mencionada deducción no sería de aplicación en dicha declaración. En el caso de que se revirtiese la decisión del Constitucional, los perjudicados deberían solicitar a Hacienda la devolución del dinero cobrado indebidamente.

Cronología

28 de septiembre de 2021. El Consejo de Ministros acordó impugnar ante el Tribunal Constitucional el artículo 39.8 de la ley de Presupuestos Generales del Principado para 2021. Este se encuentra enmarcado dentro de la sección 2ª de la norma, 'Tributos cedidos por el Estado'. El artículo recoge la «deducción por la obtención de subvenciones y/o ayudas para paliar el impacto provocado por la covid-19 sobre los sectores especialmente afectados por la pandemia».

4 de noviembre de 2021. El Constitucional suspende provisionalmente la deducción asturiana sobre las ayudas covid, que en ese momento habían recibido 16.158 emprendedores y que en la segunda convocatoria beneficiaron a 21.900.

10 de febrero de 2022. El Tribunal Constitucional declara la nulidad del mencionado artículo de la ley de Presupuestos del Principado. El Gobierno regional aguarda a conocer «el contenido concreto de la sentencia».

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