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RAMÓN MUÑIZ
GIJÓN.
Jueves, 23 de mayo 2019, 03:53
Cinco magistrados del Tribunal Supremo revisan desde ayer el 'caso Renedo' para decidir cuál es la sentencia definitiva a esta trama de corrupción en el Principado. En 2017 la Audiencia Provincial emitió un veredicto que condenó al exconsejero José Luis Iglesias Riopedre a seis años de cárcel, a su directora general María Jesús Otero a nueve y medio, y a Marta Renedo seis meses menos. El grupo principal lo completan los empresarios Víctor Muñiz y Alfonso Sánchez con seis años cada uno. Sus recursos suspendieron la pena y ahora el Supremo debe resolver si tienen razón. Lo habitual es que la sentencia final tarde «unos meses», apuntan fuentes jurídicas consultadas.
Sus abogados intentaron ayer dar la vuelta a todo y presentarles como víctimas de vulneraciones de derechos cometidas por la policía y los instructores. En base a esos posibles excesos reclamaron la absolución o rebajar las condenas. También fue motivo de alegación el retraso de una investigación iniciada hace nueve años. Sergio Herrero, defensor del exconsejero, dijo que la sentencia de la Audiencia imputa a su cliente irregularidades de contratos que gestionó su sucesor. Le dio el relevo el también socialista Herminio Sastre, que estuvo como consejero menos de un año. Después, tras las elecciones, ocupó ese puesto, también menos de un año, Ana Isabel Álvarez González, de Foro.
Riopedre y su número 2 dimitieron en agosto de 2010 después de que una empleada de Cajastur alertase de que la policía investigaba a la mujer. Cuando dejaron la consejería los agentes llevaban unos meses 'pinchando' el teléfono de Otero y había encargos que quedaron a medio resolver. Herrero adujo que la firma de su cliente no le responsabilizaba completamente de los encargos, pues era una rúbrica debida ya que el expediente llegaba tramitado por parte de los funcionarios. En la misma línea Ana Muñiz, abogada de Otero, indicó que su clienta recibía los expedientes y «no tenía ningún interés» en que las obras acabaran en unas empresas u otras. Otero, según su exposición, se limitaba a cumplir órdenes.
Miguel Valdés-Hevia, representante del empresario Víctor Muñiz, aseguró que la intervención de los teléfonos carecía de motivación suficiente, lo que anula el contenido de las escuchas y lo averiguado con ellas. La decisión, de prosperar, dejaría el 'caso Renedo' prácticamente en nada.
Javier Díaz Dapena, en nombre del empresario Alfonso Carlos Sánchez, alegó que la causa se instruyó indebidamente en Gijón pues los hechos ocurrieron en Oviedo y eso conculcaría el derecho de su cliente a ser investigado por el juez predeterminado por la ley. Además hay días de diferencia entre la orden de entrada y registro al domicilio y la empresa de Sánchez, y la irrupción efectiva de la magistrada y los agentes.
En defensa de Marta Renedo habló José Carlos García, quien resaltó que de los tres magistrados de la Audiencia que dictaron la sentencia, dos ya habían resuelto recursos de apelación lo que «les contaminaba». Recordó que en el juicio por el 1-O los magistrados que habían intervenido en los recursos previos se apartaron del juicio para preservar esa neutralidad. Y recriminó a los agentes que investigaron a la funcionaria que con las escuchas que hicieron a su teléfono llegaron a transcribir las conversaciones que mantuvo con los dos letrados que entonces la asistían, lo que mermó su capacidad de defensa.
Esteban Aparicio, edil de Gijón y en este pleito abogado del colectivo Avall, se esforzó junto a la Fiscalía, el letrado de Podemos, Alberto Suárez, y la letrada del Principado por repeler esos argumentos y defender el trabajo de policías y magistrados.
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