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V. TREVIÑO
OVIEDO.
Jueves, 22 de noviembre 2018, 03:51
«Tenía que haber leído todos los informes que firmé, es un error por mi parte». La exconcejala de Servicios Sociales en el Ayuntamiento de Llanes, Silvia Ruenes, acusada de conceder en 2014 una ayuda económica de 1.500 euros a un condenado por violencia de género para evitar la entrada en prisión, asume su parte de culpa al aceptar dicha ayuda «sin conocer bien el caso», pero se declara «inocente». En su declaración en el juzgado, ayer, quien fuera concejala durante los años 2011 a 2015 explicó que algunos expedientes «no los leía porque había mucho trabajo y confiaba plenamente en las trabajadoras sociales».
Ahora, Ruenes afronta una pena de nueve años de inhabilitación por prevaricación al conceder dicha ayuda social. «Fue un error creer que el dinero era para hacer frente a una multa de tráfico», confesó en la vista oral celebrada ayer en el Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo. En 2014, agregó, «con la crisis económica existían muchas peticiones de ayudas urgentes y la cantidad de trabajo era muy alta, de ahí que no leyera todos los informes que firmaba». Según Ruenes, el solicitante «acudió alguna vez para pedir ayudas municipales acompañado de su hijo, pero en ningún caso nos podíamos imaginar para qué era realmente el dinero».
Junto a la exedil también está imputada P. M. L., trabajadora social del Consistorio llanisco, que también se declaró inocente. Durante el interrogatorio reveló que «desde los Servicios Sociales siempre buscamos la reinserción social y laboral de las personas», de ahí que fuese concedida la ayuda «a pesar de que sabíamos que su petición era para evitar su entrada en la cárcel por un delito de tráfico». No obstante, añadió, «en ningún caso sabíamos que había sido condenado por violencia de género». En su defensa alegó que «en aquel momento no existían criterios definidos para la concesión de estas ayudas y los casos eran muy diferentes» y que «no fue hasta 2017 cuando se formuló una ordenanza clara con los criterios para la concesión de estas ayudas».
Por su parte, R. A. B., el condenado por quebrantar la orden de alejamiento con su exmujer, declaró que nunca habló de la necesidad de disponer de este dinero para pagar una multa de tráfico, puesto que «ni siquiera tengo carné de conducir».
La Fiscalía considera los hechos constitutivos de un delito de prevaricación más otro de malversación de caudales públicos y solicita para las acusadas una condena de nueve años de inhabilitación en cargo público. Además, pide que ambas indemnicen al ayuntamiento llanisco con 1.500 euros, en concepto de responsabilidad civil.
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