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La Audiencia Provincial acaba de abortar la última opción que tenían los cinco principales condenados del 'caso Renedo' para evitar su ingreso en prisión. Los magistrados mantienen así que José Luis Iglesias Riopedre, María Jesús Otero, Marta Renedo, Víctor Muñiz y Alfonso Sánchez deberán presentarse el lunes antes de la medianoche en el centro penitenciario para cumplir sus respectivas condenas.
Sobre el papel, quien más posibilidades tenía de aplazar ese trance era Sánchez, el dueño de la quebrada Almaneces Pumarín S. A. (APSA), toda vez que fue absuelto de los delitos de malversación y falsedad documental, confirmándole en el de cohecho. Eso redujo la sentencia de los seis años y seis meses iniciales a dos años y ocho meses, la más corta de los cinco citados. Su abogado defensor, Javier Díaz Dapena, se movió rápido para intentar evitar la prisión por una triple vía. De un lado, preparó y tiene ya presentado una petición de indulto para su cliente, en la que argumenta los padecimientos sufridos por su cliente durante este tiempo, que apenas dispone de bienes, que no era consciente de que la gestión empresarial que impulsaba le hacía incurrir en el delito y que está dispuesto a cumplir la pena con trabajos sociales. Además anunció que interpondría un nuevo recurso, esta vez ante el Tribunal Constitucional. El tercer gesto fue solicitar a la Audiencia Provincial que aplazara la entrada en prisión al menos hasta que se resolviera la petición de indulto o el recurso ante el Constitucional; de lo contrario se caería en una incongruencia. Para cuando el Gobierno le otorgara el perdón o el Constitucional resolviera el recurso, Sánchez ya tendría buena parte del tiempo de cárcel cumplido.
Los magistrados replican ahora que, en efecto, esa es una posibilidad, pero que la jurisprudencia les obliga a ellos a ser restrictivos a la hora de decretar la suspensión de las penas, y al Gobierno en lo tocante a conceder indultos. «Como reiteradamente tiene dicho el Tribunal Supremo al abordar esta cuestión, las penas se imponen para ser cumplidas», recuerda la Audiencia en su respuesta. Los magistrados revisaron en el Boletín Oficial del Estado para certificar que el pasado curso apenas se concedieron 17 indultos en todo el país. «A la vista de todo ello la Sala no aprecia razones que singularicen el caso hasta el punto de que quepa prever que el Gobierno pueda estimar la concesión de la Gracia solicitada», responden.
«La naturaleza de los hechos por los que se ha impuesto la pena cuyo indulto solicita (delito de cohecho a funcionarios de la Administración Pública del Principado) no juega en favor de que la petición de indulto vaya a prosperar», valora la Audiencia. «Que el penado se encuentre integrado en la sociedad es normal, como corresponde a persona que ha estado situada extramuros de la marginalidad, lo que por otra parte es habitual que suceda con quienes incurren en esta tipología delictiva», considera. Recuerda la Sala además que «la reinserción social es uno de los fines de la pena, pero no el único».
Así las cosas «si no existe una expectativa fundada de que el indulto vaya a ser otorgado, no hay motivo alguno para decretar la suspensión de la ejecución de la pena a costa de postergar el interés general en la ejecución de las resoluciones judiciales», concluye la Audiencia. Por todo ello mantiene el ingreso en prisión el lunes.
La decisión tomada con Alfonso Sánchez complica la estrategia que quería seguir la nueva abogada de José Luis Iglesias Riopedre, que también pasaba por solicitar la suspensión del ingreso en prisión en tanto se resuelve su solicitud de indulto.
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