Sheila Barrero.

La Audiencia cierra el caso de Sheila Barrero porque solo existen «sospechas» hacia su exnovio

Avala así la decisión de la jueza instructora de sobreseer provisionalmente la causa al estimar que los indicios son «insuficientes» para una condena

EFE

Miércoles, 16 de septiembre 2020, 15:35

La Audiencia Provincial de Asturias ha avalado la decisión de la juez instructora de sobreseer provisionalmente la causa por el asesinato de Sheila Barrero en enero de 2004 al estimar que los indicios apuntados por su familia sobre la presunta autoría de su ... exnovio son «meras sospechas» e «insuficientes» para una condena y para la continuación del procedimiento contra el investigado.

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Sheila Barrero, de 22 años, fue asesinada el 25 de enero de 2004 cuando regresaba a su domicilio en la localidad asturiana de Degaña tras finalizar su jornada como camarera en un pub de Villablino (León).

Su cadáver fue descubierto por su hermano en el interior de su vehículo en el aparcamiento de un área recreativa en el Alto de la Collada, en la carretera que une Villablino y Degaña.

La causa, en la que el único investigado fue su exnovio, fue reabierta en 2015 para la práctica de nuevas diligencias en las que se aplicaron nuevos avances tecnológicos, pero el juzgado la sobreseyó en una decisión que ha sido ratificada íntegramente por la Audiencia Provincial.

La Sección Tercera de la Audiencia ha dictado sendos autos, que son firmes, por los que desestima el recurso de apelación del padre de Sheila contra el archivo del procedimiento, así como el presentado por el exnovio de la víctima, Borja V.G. contra la admisión del primero por considerar que al no disponer de su contenido le situaba en clara indefensión.

El padre mantenía que existían indicios de criminalidad contra el exnovio en base a los informes que determinaron que los residuos que presentaba en su mano derecha y en la chaqueta que entregó en la Guardia Civil solo podían provenir de un disparo y que la composición de las partículas coincidía con los residuos de disparo hallados en el casquillo analizado aparecido en la escena del crimen.

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Para la Audiencia, la decisión de la juez instructora es ajustada a derecho porque los datos objetivos no permiten concluir «siquiera de forma provisoria» que el investigado tuviera participación alguna en los hechos delictivos.

La Sala califica la resolución de la instructora como «prolija, minuciosa y completa» y entiende que la investigación llevada a cabo hasta la fecha fue «exhaustiva, meticulosa y amplia».

Sin embargo, para el tribunal no se puede establecer que ambas partículas pertenezcan a ese casquillo y ve como la hipótesis más probable que el hallazgo se deba a «una transferencia» y no a haber disparado el arma.

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Los magistrados tampoco descartan que la prenda que el exnovio entregó a los investigadores como la que vestía el día de los hechos se encontrase «contaminada» y que de ser la misma cuando se disparó «el número de residuos encontrados en ella habría de ser mayor», exponen en el auto.

Por tanto, argumentan que los indicios pierden consistencia cuando no se desmontó la coartada del investigado, al no haber ningún testigo que lo sitúe fuera del domicilio familiar en la hora del crimen, no se le pudo relacionar con un arma corta, ni se hallaron restos biológicos suyos ni en el vehículo de Sheila ni de ésta en la ropa que aquél entregó a la Guardia Civil.

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La Sala también ha desestimado el recurso de apelación presentado por el exnovio al entender que no estuvo indefenso por no habérsele entregado las copias del escrito del recurso de apelación del padre, al advertir que pese a que no dispuso del documento conocía su contenido al haberle notificado la providencia impugnada.

En el auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Cangas del Narcea ahora ratificado por la Audiencia se recordaba también que no se ha localizado el arma con que se cometió el crimen, ni se ha podido acreditar que el investigado tuviese acceso a un arma de fuego corta como la utilizada en el crimen.

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El auto, que advertía de varios errores de identificación de posibles pruebas y falta de toma de otras o de declaraciones que no se habrían llevado a cabo en las primeras horas tras la aparición del cadáver, estableció que la motivación del crimen continúa siendo una incógnita.

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