efe
Sábado, 9 de junio 2018, 12:43
La calidad de las aguas es adecuada para el baño en el 97% de las playas de Asturias y excelente en tres de cada cuatro casos, según las calificaciones obtenidas por la Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo en 2017. Esta calificación, ... que según ha dado a conocer hoy el Principado estará vigente durante la actual temporada de baños, refleja que el agua resulta óptima en un 75,7% de los arenales, buena en el 15,7% y suficiente en un 5,7%.
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La calificación sanitaria anual de las aguas de baño se obtiene, según establece la normativa, mediante una fórmula logarítmica, tomando en consideración los resultados analíticos correspondientes a las últimas cuatro temporadas, un método similar para todos los países europeos de forma que los datos puedan compararse entre sí.
Los resultados de los análisis están disponibles en la página web del Gobierno de Asturias, en la que cualquier ciudadano puede consultar la calidad del agua de la playa a la que acude, así como recomendaciones para bañistas.
Una vez conocidas las calificaciones de la campaña de 2017, a partir del próximo día 15 la Consejería de Sanidad publicará semanalmente los datos relacionados con la calidad sanitaria de las aguas de baño, tras realizar los análisis previstos en el programa de control oficial que se lleva a cabo cada año. Estas pruebas buscan dos tipos de bacterias: los enterocosos intestinales y la Escherichia coli y, en función de los resultados, el agua se considera apta o no recomendada para el baño.
Las actualizaciones semanales se corresponden con el último análisis realizado y reflejan la situación puntual de cada zona en el momento del muestreo, lo cual explica que pueda haber variaciones en función de determinantes como, por ejemplo, condiciones meteorológicas adversas o vertidos puntuales de corta duración.
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En el censo de esta temporada figuran 62 zonas de baño, con un total de 72 puntos de muestreo repartidos por 19 municipios y sólo en dos de las áreas analizadas se detecta una calidad insuficiente de las aguas, por lo que no se recomiendan para el baño.
Las aguas de baño pueden clasificarse temporalmente como de calidad insuficiente y, sin embargo, seguir siendo apta la calificación definitiva de la playa como cuando se producen situaciones de contaminación de corta duración, en cuyo caso las autoridades competentes han de adoptar medidas para investigar las causas y evitar situaciones similares.
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La normativa establece que debe dictarse una prohibición permanente de baño o recomendar la abstención si durante cinco años consecutivos las aguas de baño obtienen una calificación insuficiente.
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