Terraza de un negocio de hostelería en Pola de Siero imanol rimada

La sentencia del Constitucional que anula la tributación de las ayudas covid en Asturias no afectará a los que ya se han beneficiado

El fallo, comunicado al Principado en las últimas horas, no tendrá, por tanto, carácter retroactivo

EL Comercio

Gijón

Viernes, 18 de febrero 2022, 12:06

La sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre la tributación de las ayudas covid no afectará aquienes ya se han beneficiado de las deducciones. El TC ya ha comunicado al Gobierno de Asturias la sentencia por la que se declararon inconstitucionales las deducciones asociadas a las ... ayudas covid autonómicas recogidas en los presupuestos generales del Principado del año pasado. Unas ayudas que se repartieron entre los empresarios afectados por las restricciones de actividad sufridas en sus negocios como consecuencia de la pandemia con el objetivo de paliar las pérdidas económicas.

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Tras un primer análisis de la orientación del fallo, se desprende que aquellos contribuyentes que ya se beneficiaron de la deducción no se veránafectados por la nulidad. Es decir, que la sentencia no tiene carácter retroactivo.A pesar del sentido de la sentencia, que el Ejecutivo autonómico acata, el Principado mantiene que la medida se puso en marcha con la finalidadde favorecer al contribuyente, de manera excepcional y vinculada a la pandemia

La portavoz del Gobierno del Principado, Melania Álvarez, ha señalado este viernes que «de un primer análisis» de la sentencia, se desprende que los receptores «no se verán afectados por la nulidad de la sentencia» porque «no tiene carácter retroactivo».

Así lo ha indicado en respuesta a los medios durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, que se ha celebrado en Santo Adriano. Álvarez ha incidido en que el fallo no afectará, por tanto, a quienes ya se han beneficiado de deducciones.

Desde el Gobierno autonómico se concreta que el Constitucional ya le ha comunicado la sentencia por la que se declararon inconstitucionales las deducciones asociadas a las ayudas covid autonómicas recogidas en los presupuestos generales del Principado del año pasado.

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«Tras un primer análisis, de la orientación del fallo se desprende que aquellos contribuyentes que ya se beneficiaron de la deducción no se verán afectados por la nulidad; es decir, que la sentencia no tiene carácter retroactivo», apuntan desde el Ejecutivo.

A pesar del sentido de la sentencia, que el Ejecutivo autonómico acata, el Principado mantiene que la medida «se puso en marcha con la finalidad de favorecer al contribuyente, de manera excepcional y vinculada a la pandemia».

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El Gobierno regional había incorporado en su ley presupuestaria de 2021 la renuncia a la tributación que pudiera derivarse de las ayudas covid, incorporando una bonificación en el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

El Principado repartió 21.900 ayudas covid, pero se contabilizan tanto las personas físicas que recibieron esta ayuda, como las jurídicas, y por tanto sin IRPF.

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