E. C.
Siero
Miércoles, 3 de abril 2024
El actual jefe de la Policía Local de Siero, Fidel Fernández, ha sido condenado a la pena de un año y seis meses de cárcel por un delito contra la integridad moral a un subordinado, por unos hechos que el juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo considera probados que se cometieron de 2018 a 2022, cuando el ahora condenado era jefe accidental del citado cuerpo.
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Además de la pena de cárcel se le impone otra de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como a la pena accesoria de inhabilitación especial para el desempeño de la profesión de policía durante el tiempo de la condena. Asimismo, deberá indemnizar al denunciante en la cantidad de 9.000 euros. Una inhabilitación que, en cuanto se ejecute la condena, fallo contra el que cabe recurso, obligará al Ayuntamiento a buscar un nuevo jefe para la Policía Local.
El fallo recoge que durante los años que van desde 2018 a 2022 un agente desempeñaba sus funciones en las dependencias policiales en Pola de Siero, siendo su superior jerárquico, el condenado, subinspector de la Policía Local de Siero y que, en ausencia del comisario, desempeñaba labores de jefe accidental.
Durante el periodo en que ejerció su cargo el condenado sometió al policía, según recoge el fallo a constantes humillaciones y vejaciones. «Abusó de su superioridad jerárquica de forma constante y prolongada en el tiempo, con expresiones vejatorias, comportándose de forma hostil con él, colocándole en situaciones humillantes, faltándole el respeto e imponiéndole tareas innecesarias», señala el fallo.
Relata la sentencia además que la víctima y el acusado formaban parte de un grupo de WhatsApp y, el 31 de diciembre del 2018, el acusado llamó a su subordinado «payaso», «subnormal», y dijo que le iba a dar «dos hostias», con un trato degradante hacia el mismo, siendo expulsado del grupo por el administrador. Calificativos que le dirigió tras preguntarle la víctima «si había bebido» tras subir al grupo una foto de un ciclista cayéndose con un mensaje en el que se podía leer que la víctima les felicitaba las fiestas. Este agente explicó en el juicio que él era ciclista y se había caído varias veces, rompiéndose la clavícula. Y, añade el fallo, «frente a la contundencia del testimonio ofrecido» por la víctima, «plagado de detalles, espontáneo, natural y de una intensidad palpable», el relato del actual jefe de la Policía Local de Siero aunque negó esos hechos sí reconoció haberse equivocado al enviar al grupo de WhatsApp la foto del ciclista y aseguró no haber tenido intención de burlarse de él.
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Se inició entonces un expediente disciplinario, comenzando el agente un primer periodo de baja laboral de aproximadamente un año, desde principios del año 2019.
El 10 de febrero del 2020 el Ayuntamiento dictó una resolución denegando al policía la petición del disfrute de los días de vacaciones correspondientes al año 2019 y disponiendo su inmediata incorporación a su puesto de trabajo y el descuento en la nómina de los días no trabajados desde que se produjo el alta laboral hasta su efectiva incorporación, después de que el acusado se presentara en el Negociado de Personal para que se le denegaran al agente los días por razones de servicio. Una vez que se incorporó de su baja laboral, en enero del 2020, el policía tenía derecho a disfrutar de las vacaciones anuales porque así lo establecía el convenio colectivo, derecho que le denegó el acusado, que en esas fechas ejercía el cargo de jefe accidental y lo hizo «sin motivo justificado, aludiendo a razones de servicio, cuando el servicio estaba cubierto y se estaban concediendo permisos para asuntos particulares a otros agentes», explicó el fiscal, según recoge la sentencia. Y, dice el fallo, le llegó a detraer de su sueldo la cantidad equivalente a 20 días por no haberse incorporado a su puesto de manera inmediata, una vez finalizada su baja laboral.
Por sentencia de fecha 6 de mayo de 2021 del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Oviedo, se estimó la demanda formulada por el policía y se dejó sin efecto la detracción de los haberes. En las oficinas, una vez incorporado, aparecieron carteles ofensivos concernientes al olor corporal de una persona, «atribuyendo tal hecho al acusado».
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Más adelante, el Ayuntamiento de Siero dictó una resolución, el 10 de marzo del 2020, acordando la retirada del arma asignada al agente, previo informe de Fidel Fernández, el 9 de marzo de ese año, por una supuesta agresión a otro agente. Estos hechos no motivaron en esa fecha la apertura de una información previa anterior al inicio del expediente disciplinario, «siendo una decisión sin fundamento en disposición normativa, haciéndolo saber a toda la plantilla y haciéndolo público en redes sociales», señala el fiscal.
Lo sometió, se añade, a una exposición pública el primer día del trabajo sin habérselo notificado, lo que hizo posteriormente, y en vez de ser requerido para la entrega, llamó a un cerrajero para taladrar la caja de seguridad, «con carácter humillante». El arma le fue restituida por resolución de la Alcaldía, firmada el 28 de abril de 2020, previo informe ocho días antes, del comisario jefe de la Policía Local.
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Por todos estos hechos, se inició en el Ayuntamiento de Siero un protocolo anti-acoso y el técnico superior de prevención de riesgos laborales elaboró un informe de 23 de julio del 2020 en el que se hacía constar indicadores de riesgo psicosocial «que puede estar produciendo consecuencias desfavorables para la salud». Se daban, recoge el fallo, conductas compatibles con las que se incluyen en las clasificaciones técnicas y científicas como generadoras de acoso en el trabajo.
A día de hoy, la víctima sigue recibiendo tratamiento psicológico y psiquiátrico. Su abogado, Luis Tuero, a la espera de un análisis más detallado de la sentencia, avanzaba su intención de recurrir.
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