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A. SANTOS
Lunes, 6 de enero 2014, 02:40
«Enséñame el DNI que si no tienes 23 años no pasas». Y no pasó, ni él ni el numeroso grupo de jóvenes (alrededor de una quincena), todos mayores de 18 años, que decidieron en la noche del sábado acceder al Plazas, bar de copas ubicado en la plaza del Carbayedo. Ninguno de ellos cumplía el requisito de superar los 23 años de edad impuesto unilateralmente por la dirección del establecimiento. Según la legalidad vigente podrían acceder al tener más de 18 años, salvo que incumplieran algunos de los requisitos del derecho de admisión, aunque no era el caso, como pudo confirmar ayer este periódico.
«Cuando vio que ninguno superábamos los 23 años nos echó a todos, incluida una persona que ya había pagado su consumición y llevaba un buen rato dentro del bar», aseguró ayer uno de los afectados -todos tenían entre 18 y 22 años-. Indignados ante la prohibición, los jóvenes solicitaron la hoja de reclamaciones del establecimiento. Según denunciaron ante la Policía Local, la dirección del bar se negó a dársela, lo que obligó a que se personase una patrulla en el lugar.
Ante la presencia policial, siempre según la versión de los jóvenes expulsados, el propietario del local accedió a enseñarles la hoja de reclamaciones, «aunque con malas formas porque cuando le pedimos un bolígrafo nos dijo: eso ya te buscas tu la vida», denunciaron.
Un ambiente diferente
El derecho de admisión en Asturias está regulado por el decreto 100/2006 de la Consejería de Justicia, Seguridad Pública y Relaciones Exteriores, por el que se ordenan los servicios de vigilancia y seguridad en los espectáculos públicos y actividades recreativas, así como el ejercicio del citado derecho.
Los establecimientos que quieran acogerse deben solicitar la correspondiente autorización al Gobierno del Principado, donde deben especificar cuáles son las condiciones de acceso a sus locales que quieren exigir. No obstante, en ningún supuesto se incluye la prohibición de la entrada a mayores de 18 años por el simple hecho de su edad, algo que contravendría el punto 2 del artículo 29 de la ley regional, que establece que «el derecho de admisión no podrá utilizarse para restringir el acceso de manera arbitraria o discriminatoria, ni para situar al usuario en condiciones de inferioridad, indefensión o agravio comparativo».
Los bares podrían ejercer el derecho de admisión cuando los clientes manifiesten actitudes violentas, porten armas u objetos susceptibles de ser utilizados como tales, lleven ropa o símbolos que inciten a la violencia, el racismo o la xenofobia, fumen o consuman drogas en el interior, o pretendan acceder al local con animales. En caso de acogerse a ese derecho, las condiciones tienen que figurar en un cartel que deberá ser colocado en los accesos al establecimiento.
En cuanto a la expulsión de los jóvenes el pasado sábado de un bar de El Carbayedo, según ha podido saber este periódico, la medida respondería al deseo de la dirección del local de crear un ambiente de clientela de una edad superior, al tratar de buscar un tipo de personas más cercanas a los treinta y cuarenta años que a edades más jóvenes, en especial a menores de 23 años, aún a riesgo de las sanciones que les podrían acarrear episodios como el del sábado.
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