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El consejero asturiano, Faustino Blanco, junto a la de Galicia, Rocío Mosquera, antes de iniciarse el Consejo Interterritorial de Salud. :: EFE
El copago por el transporte sanitario no urgente será de entre 6 y 60 euros al año
Asturias

El copago por el transporte sanitario no urgente será de entre 6 y 60 euros al año

Mato establecerá además tramos de renta de entre 18.000 y 100.000 euros para los medicamentos

DANIEL ROLDÁN

Viernes, 21 de diciembre 2012, 03:51

«Ha sido todo un rodillo». Con esta rotundidad explicaba la representante andaluza, María Jesús Montero, cómo había sido ayer la reunión con sus homólogos y Ana Mato. Ella, Faustino Blanco, en representación del Principado, y el vasco Jon Darpón fueron las únicas voces discordantes durante las tres horas de reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS). Ninguna de sus aportaciones fueron tomadas en cuenta por los consejeros populares, que defendieron la reforma sanitaria.

En concreto, el Ministerio de Sanidad modificará en 2013 la división por renta para el copago farmacéutico por parte de los ciudadanos después de que se cumplan seis meses de la implantación de este nuevo gravamen que entró en vigor el 1 de julio.

Ana Mato ha puesto sus miras en aquellos ciudadanos que ganan entre 18.000 y 100.000 euros año. A la ministra le parece un tramo demasiado grande de renta que habrá que dividir en más subgrupos. Sin embargo, advirtió que no se modificarán los topes que abonan los pacientes. «Habrá un tramo intermedio», apuntó la titular de Sanidad.

En la actualidad, esta modificación afectará a los pensionistas y a la mayor parte de los trabajadores. Los primeros, pagan el 10% de sus medicamentos con un límite de 18 euros al año cuando antes de la reforma no tenían que abonar nada; en cambio, la población activa abona hasta la mitad de los fármacos. Ahora, el Ejecutivo central y las comunidades debatirán cómo crean los diferentes grupos sin mover los porcentajes, que aplicarán al resto de los nuevos copagos. La ministra anunció esta medida a la conclusión del Consejo.

Ambulancias

En el primer texto elaborado por el departamento de Mato, se establecía en 5 euros el coste por viaje, que es el 10% de lo que se establece como el gasto de un viaje medio teniendo en cuenta las zonas rurales. Si el enfermo quiere que le lleven y le traigan en una unidad medicalizada deberá abonar un total de 10 euros. El ministerio estableció límites mensuales de 60 euros para las rentas superiores a los 100.000 euros anuales; 20 euros para quienes ganan entre 18.000 a 100.000 (activos y pensionistas); y 10 euros para el resto. Estos límites serán semestrales en el caso de los tratamientos periódicos superiores a seis meses. Sin embargo, las asociaciones de pacientes han logrado modificar este último apartado. Todo aquel enfermo que tenga un tratamiento superior a seis meses pagará mucho menos: 6 euros al año si gana menos de 18.000 euros; 12 euros anuales si cobra entre 18.000 y 100.000 euros y 60 euros al año si superan los 100.000 euros. Estarán exentos los mismos grupos que en farmacia (síndrome tóxico, rentas de inserción o parados de larga duración) y quienes requieran tratamiento derivado de un accidente laboral. Los acompañantes de los menores no tendrán ningún coste.

Muletas y sillas de ruedas

El Consejo Interterritorial aprobó que los ciudadanos paguen el 10% del llamado grupo de aportación reducida de ortoprótesis especiales hasta un máximo de 20 euros.

Aquí entrarían los audífonos, las prótesis de mano, de mama o de paladar para malformaciones congénitas, los traumatismos, los procesos oncológicos, las ortoprótesis especiales y la renovación de componentes externos de implantes quirúrgicos. Para el resto de los productos -como las muletas o collarines-, y al igual que los fármacos o que el transporte ambulatorio no urgente, se establecen unas tablas de copago dependiendo, una vez más, del nivel de renta: las personas activas cuyos ingresos estén entre los 18.000 y los 100.000 euros tendrán que pagar un 50% del precio de oferta del producto con un límite de 40 euros por prescripción; los pensionistas, por su parte, abonarán el 10% del producto con un máximo de 30 euros. Al igual que en otros copagos, quedan fuera de estas nuevas tasas los afectados de síndrome tóxico, los perceptores de rentas de integración social y de pensiones no contributivas; los parados de larga duración y los discapacitados contemplados en el sistema especial de prestaciones sociales y económicas.

Cartera básica de servicios

Los consejeros y Mato estudiaron los primeros informes de los grupos de expertos sobre reproducción humana asistida, cribados neonatales y los implantes oftalmológicos. En este último apartado se han visto las primeras propuestas de lentes oculares para determinadas patologías o dispositivos para ser implantados con lentes intraoculares.

En cuando a los neonatos, el CISNS ha decidido incluir en la cartera básica el cribado para cinco enfermedades: hipotiroidismo congénito, fenilcetonuria, fibrosis quística, anemia falciforme y para la deficiencia de acil-CoA deshidrogenasa de cadena media (MCADD, en inglés).

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