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AIDA COLLADO
Lunes, 7 de mayo 2012, 05:38
332 votos. Ni más ni menos. Unas cuantas papeletas, protagonistas de una controversia que mantiene a la región con el alma en vilo. Y que han puesto todos los ojos sobre el Tribunal Constitucional, como primero lo estuvieron en el Tribunal Superior de Justicia de Asturias y, antes aún, en la Junta Electoral. Porque son sus magistrados los que deberán zanjar una polémica que nació en el momento en el que estos votos del Censo Electoral de Residentes Ausentes recibidos directamente en la Junta Electoral Central se mezclaron con los que habían llegado a través de las oficinas consulares. O en el momento en que se supo que apenas un puñado de sufragios no sólo alteraría el reparto de escaños, sino que decidiría qué partido, PSOE o Foro, se haría con el diputado del Occidente llamado a inclinar la balanza parlamentaria a su favor.
Por partes. Foro defiende que estos 332 votos son nulos, ya que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) especifica, tras su reforma del pasado año, que sólo serán válidos aquellos que se reciban por correo y por vía consular o los que se depositen en una urna habilitada a este efecto en el consulado. La Junta Electoral que dio por buenos los sufragios, acusan desde el partido, no tiene potestad para cambiar una ley orgánica. Así que después de que ésta rechazase el recurso del partido liderado por Francisco Álvarez-Cascos comenzó una batalla legal en la que todos tienen argumentos de derecho a los que agarrarse.
Los unos, que no hay voto emigrante que valga si no ha pasado por las oficinas consulares. Los otros, que el procedimiento había sido aceptado en otras ocasiones, que contaba con el visto bueno de la Junta Electoral, que no respetar los sufragios supondría un ataque a los derechos de los emigrantes y, en definitiva, que la región no está para fiestas. Electorales, se entiende. El caso es que la pelota cayó en el tejado del TSJA.
Antes de que éste dictase sentencia, la Fiscalía solicitó que se desestimase el recurso y se ratificase la proclamación de los diputados autonómicos electos. Alegaba que la propia LOREG establece la posibilidad de que el Gobierno, previo informe de la junta electoral, pueda regular otros procedimientos para el voto de residentes ausentes, lo que sugiere que «la intervención de las oficinas consulares no es un requisito esencial de validez del voto». Además, destacaban desde la Fiscalía, convocar unos nuevos comicios sería una opción «a la par que exorbitante, contraria a los intereses generales y al propio sentir de la ciudadanía» ya que, según defendía su escrito, «retrasaría en exceso la constitución de un gobierno autonómico en un momento tan delicado». En definitiva, que las pretensiones de Foro eran «algo excesivo, desproporcionado e injusto».
Una opinión que, finalmente, el TSJA no compartió. Su sentencia aceptó la reclamación de Foro y señaló que el hecho de que esos 332 votos 'sospechosos' se mezclasen con el resto, hacía imposible para el tribunal «conocer todos los datos de los votos emitidos de forma irregular, incluso cuántos de ellos se corresponden con la circunscripción que se discute». Conclusión: la opción más proporcionada, según el fallo, sin perjudicar a los votantes, es repetir las elecciones en la mesa constituida para el CERA correspondiente a la circunscripción occidental. Y, asimismo, como sólo se cuestiona el sexto escaño del Occidente, dar por buena la proclamación de los cinco primeros diputados.
La sentencia no tardó en ser recurrida por el PSOE e IU ante el Tribunal Constitucional. Se sumó también a las acciones legales Francisco González, el diputado afectado. Las alegaciones de los socialistas no diferían demasiado de las presentadas ante el TSJA: que el voto de los emigrantes se realizó a través de un mecanismo «legal y transparente» y que, aún no contándose esos 332 sufragios, el diputado en cuestión habría caído igualmente del lado del PSOE.
IU, por su parte, centró sus argumentos en que «cuestiones formales no son suficientes» para anular una votación. Para ellos, sólo tendría sentido si hubiese unos «indicios de manipulación», que «no hay».
A partir del 30 de abril, día en que ambas formaciones hicieron efectivos sus escritos, se abrió un plazo de 15 días hábiles para que el Tribunal Constitucional dicte sentencia. Aunque son muchas las voces que apuntan a que la incógnita se resolverá «cuanto antes», debido a las circunstancias que atraviesa el Principado.
Con la sentencia al caer, la atención se centra ahora el la Sala Primera del TC, que está integrada por cinco magistrados, entre los que hay una clara mayoría progresista. Es el caso de su propio presidente, Pascual Sala, y de los magistrados Pablo Pérez Tremps y Adela Asua, aunque ni Foro, ni ninguno de los partidos implicados, ha querido entrar a valorar este hecho. Quizá porque lo que más preocupa a los ciudadanos es que la guerra judicial está ralentizando las negociaciones para formar gobierno.
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