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LAURA FONSECA
Viernes, 21 de octubre 2011, 04:43
Los médicos asturianos han recibido un importante varapalo judicial. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) acaba de emitir una sentencia en la que considera legal la jubilación forzosa impuesta a los facultativos hace ahora dos años. También avala que la Administración sanitaria habilite cargos de libre designación que sustituyan a las tradicionales jefaturas de servicio o que se establezca el régimen de exclusividad laboral para jefes y cargos intermedios del sistema sanitario público.
El fallo del tribunal asturiano al que ha tenido acceso EL COMERCIO da cobertura jurídica al polémico Plan de Recursos Humanos que el Servicio de Salud del Principado (Sespa) elaboró y aprobó durante el anterior gobierno. Su entrada en vigor, el 11 de noviembre de 2009, fue uno de los puntos de inflexión de la que se dio por llamar la 'reforma Quirós', que enfrentó durante buena parte de la legislatura a Administración y facultativos.
El pronunciamiento del TSJA responde a sendos recursos presentados por el Colegio de Médicos de Asturias y por el Sindicato Médico (Simpa). Ambos organismos habían recurrido el Plan de Recursos Humanos al considerar que su aprobación no había seguido los pasos correctos y que, por tanto, se trataba de una normativa con escasa base legal. Los facultativos defendían que el Plan debería haber sido aprobado por decreto y no por mero acuerdo del Consejo de Gobierno. Sin embargo, el TSJA no les da la razón y argumenta que no encuentra defectos de forma en la autorización de la normativa. Asimismo, recuerda que el Plan de Recursos Humanos fue objeto de negociación, tal y como exige la ley. La citada disposición fue muy contestada por el colectivo ya que obligó a los médicos a jubilarse a los 65 años cuando hasta entonces podían retrasarlo hasta los 70 años.
Apoya la exclusividad
El fallo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, emitido el pasado 14 de octubre, echa abajo uno a uno los argumentos del Colegio de Médicos y del Simpa. No sólo les quita la razón en lo relacionado con la jubilación forzosa, sino también con la imposición de la exclusividad para las jefaturas y nuevos cargos intermedios. El TSJA estima que se trata de «una medida razonable de organización del personal, en cuanto a la dedicación exclusiva de los puestos de mayor responsabilidad, que no contraría nada de lo dispuesto en el Estatuto Marco que sirve de referencia al Plan de Recursos Humanos». Finalmente, también ampara que se cree la figura de fidelización de los profesionales y la creación de un sistema de libre designación de las jefaturas y cargos intermedios en el Sespa. El Colegio de Médicos y el Simpa confirmaron ayer que sus equipos jurídicos están estudiando el fallo con vistas a la presentación de un posible recurso de casación.
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