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R. MUÑIZ
Viernes, 4 de febrero 2011, 16:57
La jueza Ana López Pandiella está calibrando el alcance de los indicios que establecerían un trato de favor desde el exconsejero de Educación y Ciencia, José Luis Iglesias Riopedre, hacia la empresa Geogal, de la que es dueño su hijo Ernesto. Para ello cuenta con al menos tres piezas de un mismo puzzle: las escuchas intervenidas a Iglesias Riopedre que revelan las instrucciones dadas ante determinados procedimientos de contratación; un listado de las adjudicaciones que finalmente se formalizaban y, por último, el análisis de las operaciones bancarias.
Según ha podido saber EL COMERCIO, la investigación trata de despejar si Iglesias Riopedre daba instrucciones directas a sus colaboradores o a las adjudicatarias para que terminaran confiando algunos encargos a Geogal. Este sería el motivo por el cual la jueza interrogó el martes pasado al exconsejero sobre su relación con esta empresa de servicios técnicos, y que explica también por qué este lunes Ernesto Iglesias fue citado a declarar en comisaría, en calidad de imputado no detenido. Asistido por el abogado José Joaquín García, el hijo del exconsejero se negó a responder a las preguntas.
En una posterior conversación con este periódico, Ernesto trató de negar la citación y aseguró que no ha ido a ver a su padre a la cárcel de Villabona porque el régimen de visitas lo impedía.
El hijo de Iglesias Riopedre pertenece a la trigesimocuarta promoción de geólogos de la Universidad de Oviedo, en la que se licenció en 1995. A principios de 2004 funda en Santiago de Compostela Organismo de Control de Calidad Sociedad Limitada Profesional (S.L.P.), empresa cuya denominación comercial es 'Geogal estudios geológicos y geotécnicos'. El objeto social de la misma es funcionar como «laboratorio y control de calidad en obras y edificaciones, hacer estudios y proyectos geológicos, geotécnicos y topográficos».
Según las cuentas depositadas ante el Registro Mercantil, entre 2007 y 2009 Geogal aceptó encargos por valor de 920.967 euros. El ritmo de contratos concuerda con las fluctuaciones que padeció el sector, de tal forma que en 2008 tocó techo con 438.155 euros en encargos y al ejercicio siguiente vio desplomada su cifra de ventas hasta los 252.553 euros. El balance de ese año 2009 se cerró en números rojos.
En los boletines oficiales del Estado, el Principado o la Xunta de Galicia no constan adjudicaciones para Geogal, empresa que alimentaría su actividad a base de contratos menores con la administración o subcontratada por otras constructoras. La sociedad opera desde un piso céntrico en Oviedo, otro inmueble en Santiago de Compostela, y utiliza como laboratorio de ensayos una nave en el polígono industrial de Tambre, a las afueras de la capital gallega.
Ernesto Iglesias tiene inmuebles a su nombre en Santiago de Compostela y en Llanes. Este último es una vivienda unifamiliar de dos plantas y superficie construida de 110 metros cuadrados, ubicada en Póo. La compró a medias con un matrimonio madrileño, pagando entre los tres 143.950 euros a la promotora llanisca García Aguirre Menéndez Elías.
Día clave
En cuanto al exconsejero, la Fiscalía anunció que a lo largo de esta semana explicaría si respalda o no el recurso de la defensa solicitando la puesta en libertad del imputado. En realidad, el Ministerio Público dispone hasta el lunes para dar su parecer. La Fiscalía Superior de Asturias sostiene que, en caso de apoyar este recurso, la jueza quedaría obligada a secundarlo y el preso saldría a la calle en cuestión de horas. Basa esta posición en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, según el cual «el juez o tribunal decidirá sobre la procedencia o no de la prisión o de la imposición de la fianza. Si ninguna de las partes las instare, acordará necesariamente la inmediata puesta en libertad del imputado que estuviere detenido».
Hay, sin embargo, juristas que ponen en cuarentena esta interpretación. Según esta tesis, es cierto que desde 1995 el juez no puede, motu proprio, ordenar el auto de prisión. No obstante, entienden que una vez dictado es el órgano jurisdiccional el que adquiere toda la competencia para revocarlo o no. Jueces y abogados coinciden en que «faltan precedentes» para aclarar la cuestión entre otras razones porque, para evitar el conflicto de competencias, es habitual que si el fiscal pide la libertad, el juez acabe apoyándola. Así ninguno de los dos se arriesga a verse desautorizado por quien en última instancia revisará el recurso de la defensa: la Audiencia Provincial.
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