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El TSJA tumba la elección «a dedo» de 240 cargos del Principado
Asturias

El TSJA tumba la elección «a dedo» de 240 cargos del Principado

El Ejecutivo sostiene que el fallo «no tiene ninguna repercusión a efectos prácticos» y que «la gente seguirá en sus puestos de trabajo»

A. VILLACORTA

Sábado, 1 de mayo 2010, 12:18

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) acaba de tumbar la libre designación de 240 cargos de la Administración regional al estimar en parte el recurso presentado por tres funcionarios de carrera del Cuerpo Superior de Administradores del Principado contra un acuerdo adoptado en Consejo de Gobierno en mayo de 2008.

El fallo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal se refiere al acuerdo por el que se aprobó la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración del Principado y Organismos y Entes Públicos. En virtud de ese acuerdo, la Administración realizó 317 nombramientos de puestos de responsabilidad por el sistema de libre designación en lugar de utilizar el procedimiento habitual de concurso.

Ahora, el TSJA concluye que la provisión por libre designación de 240 puestos de trabajo, entre los que figuran jefes de servicio y área, secretarios de despacho, analistas y coordinadores, «no es conforme a Derecho» e insta a anularla.

Por el contrario, considera que sí se ajusta a la ley el sistema de provisión por libre designación del resto de puestos, bien porque así se ha declarado o por no haber sido impugnados por la parte actora, representada en la causa por Jesús Javier A. V., Silvino C. P. y Xurde B. P.

A juicio del tribunal, y según figura en la sentencia, el sistema de libre designación previsto en la Ley «difiere sustancialmente del de libre arbitrio» porque tiene carácter «excepcional» y se aplica a puestos determinados en atención a la naturaleza de sus funciones, como los directivos y los de confianza. A este respecto, matiza que las relaciones de estos puestos deben incluir su denominación y características esenciales y hacerse públicas.

Así, según el TSJA, el Principado «no ha justificado suficientemente que los puestos de trabajo a los que hace referencia impliquen la responsabilidad de cubrirlos mediante libre designación» porque las funciones a ellas asociadas «no se han explicitado».

«No es suficiente que en la memoria o informe de justificación se exprese que el puesto de trabajo es de confianza, inspección o especial dificultad, sino que es preciso que se exprese que las concretas funciones que se realizan en dicho puesto de trabajo impliquen esas características», indica el fallo.

La sentencia señala además que «no es suficiente asimismo una justificación genérica, sino específica, de cada puesto de trabajo».

Piden la dimisión de Migoya

Las reacciones al fallo del TSJA no se hicieron esperar. El Conceyu por Otra Función Pública N'Asturies, al que pertenecen los tres funcionarios que recurrieron el acuerdo del Principado, aseguró que la sentencia que estima parcialmente su recurso «anula la dedocracia en la Administración autonómica».

Según este colectivo, con su decisión, «el TSJA recuerda al Gobierno asturiano que el sistema de provisión ordinario para el nombramientos de funcionarios es el concurso de méritos y no la libre designación que es, precisamente, el utilizado por el poder partidista para nombrar discrecionalmente a los funcionarios que los cargos políticos elijan a dedo».

El Conceyu reclama la dimisión inmediata de la consejera de Administraciones Públicas, Ana Rosa Migoya, «y de quienes inspiran o promueven este sistema predemocrático de empleo público» a la vez que piden la intervención urgente de la Junta General con el fin de adoptar las medidas imprescindibles «para proteger y restaurar el sistema constitucional de Función Pública en la comunidad autónoma».

La pelota está ahora en el tejado del Principado, que puede decidir si recurre o no esta sentencia ante el Tribunal Supremo.

Sin embargo, fuentes de la Consejería de Administraciones Públicas precisaron que, «a efectos prácticos, la sentencia no tiene ningún repercusión, y la gente seguirá en sus puestos de trabajo». «Lo único que dice el juez es que su forma de elección no es la más adecuada, aunque no ilegal, por lo que en el futuro deberá modificarse».

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