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Jaime Reinares, el pasado 4 de julio, durante la celebración del juicio.
La Audiencia Provincial confirma la pena  de un año de cárcel para Jaime Reinares

La Audiencia Provincial confirma la pena de un año de cárcel para Jaime Reinares

Ratifica la condena por revelación de secretos al divulgar correos de la exsecretaria de la Sindicatura de Cuentas y le inhabilita como candidato electoral

Idoya Rey

Sábado, 7 de marzo 2015, 00:53

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial hizo público ayer el fallo que confirma la condena de un año de cárcel para el concejal popular Jaime Reinares. La sentencia ratifica el fallo emitido el pasado julio por el Juzgado de lo Penal número 1 que consideró probada la autoría del edil en un delito de revelación de secretos. Porque como ya señalaba el fallo inicial, los jueces sentencian que Reinares sabía, conocía y era consciente de que los correos electrónicos que entregó en 2011 a los medios de comunicación eran personales y procedían de la cuenta personal de Rosa Zapico, exsecretaria de la Sindicatura de Cuentas.

«No cabe imaginar que se pueda pensar que facilitar a la prensa 54 correos obtenidos ilícitamente tras interceptar una cuenta personal, poniendo de manifiesto su contenido así como el listado de personas con las que se ha mantenido correspondencia sea una conducta amparada legalmente; no es arriesgado afirmar que todo el mundo sabe que tal conducta está prohibida», expresa el fallo firmado por la sala presidida por Covadonga Vázquez Llorens.

Reinares se sentó en el banquillo de los acusados tras más de tres años de instrucción con un archivo de la causa de por medio. El edil respondió ante la justicia por revelar esos correos que habían llegado a su cuenta por parte de un anónimo que se hacía llamar 'Voxpopulis'.

El concejal decidió hacerlos públicos porque demostraban, según declaró en la vista oral, que existía un trama para culpar al Ayuntamiento, para achacarle responsabilidades contables en la polémica expropiación del palacete de Villa Magdalena. Los jueces no vieron tal interés público.

La sentencia destaca que la lectura de los correos evidencia la naturaleza íntima y privada de los mismos. «No se trata de resoluciones o dictámenes de naturaleza pública sino reservada. Si bien muchos de los mensajes contienen dictámenes e informes particulares sobre temas jurídicos en relación con el problema de Villa Magdalena no lo es menos que se ponen de manifiesto relaciones de amistad y se imparten consejos personales», subraya el texto. En definitiva, se trata de «una intromisión en el ámbito de intimidad reservado de la denunciante, viéndose vulnerado el derecho fundamental a su intimidad personal». Así el fallo desestima esa parte del recurso de Reinares.

Tiene en cuenta sin embargo parte de la alegación y rebaja la indemnización fijada para Zapico por daños morales de los 6.000 a los 4.000 euros. «Es evidente que la conducta enjuiciada ha conllevado un daño moral para la denunciante, pero los órganos judiciales no pueden disponer de una prueba que les permita cuantificar con criterios económicos la indemnización», destaca. En congruencia con las cantidades solicitadas, el fallo fija la cuantía de la indemnización en 4.000 euros.

El popular tendrá que pagar también una multa de 3.600 euros mientras que ha sido absuelto, como ocurriera en primera instancia, de los delitos de injurias y calumnias solicitados por la acusación particular. Aunque contra el fallo cabe recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, una opción que el abogado de Reinares, Luis Tuero, está estudiando. A su juicio, el fallo es duro porque llega a reconocer que «la mayoría de los correos versan sobre problemas de orden público». Por contra, el abogado de la acusación particular, Pedro Hontañón, asegura que la sentencia hace justicia: «Satisface las aspiraciones de la denunciante cuando inició la querella. No buscaba venganza sino justicia y justicia se ha hecho», concluyó.

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