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OLAYA SUÁREZ
GIJÓN.
Viernes, 1 de junio 2018, 02:13
Culpable de homicidio por imprudencia grave. Los nueve integrantes del jurado popular encargados de juzgar a Celestino G. V. en relación a la muerte de la que era su pareja, Silvia Hernández, consideraron por unanimidad que el procesado no tuvo intención de acabar con ... la vida de la mujer. El veredicto dejó a contrapié a las cuatro partes que ejercían la acusación -fiscalía, abogacía del Estado, acusación particular y acusación popular- al respaldar la versión del reo, representado por el abogado Enrique Lamadrid.
El jurado se reunió a deliberar durante seis horas después de que Celestino G. V. hiciese al mediodía uso del turno de la última palabra para decir en la sala: «Juro por Dios y por mi hija que todo lo que dije es verdad». Fue poco antes de las diez de la noche cuando comunicaron al magistrado de la Sección Octava de la Audiencia Provincial que tenían lista la resolución. En una lectura rápida y concisa, anunciaron que por unanimidad consideraban a Celestino G. V. autor de un delito de homicidio por imprudencia grave, penado en el Código Penal con de uno a cuatro años de cárcel.
El veredicto obligó a las acusaciones a cambiar su petición de condenas. Así, la fiscalía y la abogada del Estado, que inicialmente solicitaban 22 años de cárcel por el delito de homicidio, pidieron cuatro años de prisión y otros ocho de libertad vigilada. Se adhirieron también a esa petición la acusación particular, que representaba a la familia, y la acusación popular, ejercida por la asociación Abogadas para la Igualdad. Suman la responsabilidad civil de 120.000 euros para los padres de la víctima y 3.000 euros para la abuela.
Las acusaciones han mostrado su intención de recurrir la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), si bien esperarán a conocer los términos de la sentencia y analizar los razonamientos en los que se sustenta la resolución del jurado.
Silvia Hernández tenía 34 años cuando en marzo de 2016 falleció en el piso de Roces donde convivía con su compañero sentimental. Según señalaron los forenses durante su intervención en el juicio oral, la causa del deceso fue una hemorragia interna ocasionada por las dos heridas de arma blanca que le perforaron el estómago y un pulmón. Las acusaciones señalaban que Celestino G. V. la había apuñalado y la había dejado agonizar hasta morir desangrada.
La versión del procesado, la que finalmente ha sido tenido en cuenta en la resolución, pasaba por que habían mantenido un forcejeo cuando él le quitó el cuchillo con el que la mujer pretendía suicidarse cortándose las venas. No se había percatado de que había recibido dos pinchazos y ambos achacaron el dolor que tenía en el costado a un fuerte golpe que sufrió al caer contra las escaleras del descansillo en el que tuvo lugar el episodio. «Ella se tranquilizó, volvimos a casa y nos acostamos, al día siguiente ella estaba bien, se quejaba de un dolor, pero no quería ir al hospital, aunque yo le insistí. Pasamos el día jugando al ajedrez, escuchando música y por la noche nos fuimos a la cama. Cuando me desperté a las seis de la mañana vi que no se movía y llamé al 112», relató el procesado. En un primer momento aportó la versión de que habían sido dos chicas con las que discutió dos días antes. Una vez en Comisaría modificó su testimonio y centró su relato en el aportado durante la instrucción y en el juicio de esta semana.
Silvia Hernández tenía reconocida una discapacidad del 70%. La pareja había sido condenada por malos tratos mutuos y ambos habían tenido órdenes de alejamiento. Silvia tenía aún un juicio pendiente por un quebrantamiento.
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