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O. SUÁREZ
GIJÓN.
Lunes, 22 de enero 2018, 00:29
Una mujer ha sido condenada al pago de una multa de 1.440 euros por un delito de abandono de menores. Su expareja la denunció por no haber abonado ninguna de las mensualidades de 180 euros en concepto de pensión alimenticia para su hija menor de edad. Una de las pruebas de cargo que se presentó en el juicio, celebrado en abril de 2017 en el Penal 2 de Gijón, fueron los mensajes de teléfono móvil enviados por la procesada. En uno de ellos se podía leer: «Jajaja, tas flipao si piensas que te voi pagar algo manín... no tas cobrando por el estado, te parece poco o qué jaja».
En el fundamento de desestimación del recurso presentado por la acusada ante la Sección Octava de la Audiencia Provincial, el tribunal señala: «La voluntad de la acusada de pagar los alimentos de su hija brilla por su ausencia». Abunda: «No es posible inferir voluntad de pagar en alguien que dice carecer de medios económicos para abonar alimentos de su hija y, sin embargo, sigue disponiendo de un teléfono móvil, objeto prescindible y que cuesta un dinero al mes».
La obligación del pago de alimento fue aprobado en un convenido regulador en febrero de 2015 y de común acuerdo entre los padres de la menor. «Esa obligación de pago no se ve alterada por la simple manifestación de la procesada refiriendo que había llegado a un acuerdo -no escrito- con el padre de la menor de no pagar la pensión de alimentos. El padre lo negó en el juicio, explicando que le había dicho que si en alguna ocasión tenía dificultades, no pasaba nada».
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